PROMOCIÓN DEL USO DE LA BICICLETA

Nueva señalética para el ciclismo en la ruta 51 a San Luis

Con el objetivo de promover el uso de la bicicleta, se colocaron en la ruta nacional 51, carteles de señalética vial realizada por la Unidad Especial de Movilidad Sustentable en el marco del Plan de Movilidad que lleva a cabo la Secretaría de Gobierno municipal.

NDS |

Para sobrepasar a ciclistas en ruta, se deberá respetar una distancia prudencial de 1,5 metros de separación lateral.
Para sobrepasar a ciclistas en ruta, se deberá respetar una distancia prudencial de 1,5 metros de separación lateral.

De esta manera se lleva adelante la iniciativa como educación de la comunidad sobre el respeto de la distancia de 1,5 metros al rebasar a ciclistas conforme modificación a la ordenanza Nº 14395  sancionada en el mes de julio de este año y que establece que: “ el sobrepaso a ciclistas, deberá respetar una distancia prudencial de 1,5 metros de separación lateral de los mismos”.

Asimismo, el área promueve la concientización de los usuarios de bicicleta y la manera adecuada para trasladarse en forma segura con el uso del casco, ropa de color llamativa, ojos de gato y material fluorescente adherido a este tipo de transporte.

Cabe destacar que la entidad realizó acciones en la temática y respecto de la prioridad del peatón luego de la creación de calles de convivencia en el microcentro salteño, y la propuesta de mesas colaborativas para invitar a ciudadanos involucrados.

Además, instaló estacionamientos para bicicletas en zonas de mucha afluencia y participó en eventos recreativos sobre educación vial, deporte y ambiente, en conjunto con otros organismos.

La ordenanza 

En julio de este año se aprobó la modificación de la ordenanza N° 14.395 del Código de Tránsito.

La redacción de la normativa fija el agregado de un inciso i) en el artículo 43 de la mencionada Ordenanza, estableciendo que los vehículos motorizados, al momento de realizar el sobrepaso a un conductor de bicicleta o grupo de ellos, deberán respetar una distancia prudencial mínima de un metro y medio (1,5 m) de separación lateral al mismo.

Además, mediante la incorporación del artículo 52 bis se dispone que por sobrepasar a conductores de bicicletas sin respetar la distancia mínima de un metro y medio (1,5 m) de separación lateral al mismo, produciendo una maniobra que ponga en riesgo la vida del conductor de bicicleta, se sancionará con multa de 100 U.F. hasta 300 U.F. Se indica además que serán restados de la licencia nacional de conducir la cantidad de 4 puntos.

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