Tras el debate y ponencias en cuanto a rechazar algunos artículos, finalmente el proyecto de ley que provenía en revisión desde la Cámara de Senadores tuvo 43 votos afirmativos y solo uno de rechazo.
La Provincia deberá crear el Registro de Instituciones de Bien Público Receptoras de Alimentos, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, o el que en el futuro lo reemplace.
En el mismo deberán inscribirse las instituciones públicas o privadas, legalmente constituidas y que cumplan con controles sanitarios previstos en el Código Alimentario Argentino. Estas serán responsables de la recepción de los productos alimenticios y de la entrega gratuita a los consumidores finales.
También se faculta al Poder Ejecutivo a determinar la autoridad de aplicación específica de la presente Ley.
En otro artículo se dispone que deberán invítar a los municipios salteños a participar e implementar las políticas públicas para el fomento, desarrollo y promoción de la reducción de pérdidas y desperdicio de alimentos, a través de las acciones locales tendientes a ese fin. El Senado le introdujo algunos pequeños cambios al proyecto original, pero los diputados optaron por darle sanción definitiva y no incluir algunas propuestas que se habían previsto mediante expedientes acumulados.
Monóxido de carbono
Un proyecto de ley fue convertido en Declaración durante la sesión de la víspera.
El propósito fue el de declarar prioritarias las políticas públicas tendientes a proteger a los ciudadanos frente a las pérdidas e inhalaciones de monóxido de carbono.
Sus autores fueron los diputados Esteban Amat Lacroix, Patricia Hucena, Marcelo Oller Zamar, Martín Pérez y Germán Rallé, (del Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).