POR LA EMERGENCIA SANITARIA

No prospera en Diputados el impuesto a la riqueza en Salta

No habría acuerdo por parte de los bloques mayoritarios Salta tiene Futuro y Gustavo Sáenz Conducción en la Cámara de Diputados para que se trate y apruebe el impuesto a la riqueza en Salta, que es impulsado por el diputado Claudio del Plá (Capital-PO).

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La iniciativa proponía establecer una contribución extraordinaria a los grandes patrimonios y a las altas rentas por la emergencia sanitaria.
La iniciativa proponía establecer una contribución extraordinaria a los grandes patrimonios y a las altas rentas por la emergencia sanitaria.

La iniciativa propone establecer una contribución extraordinaria a los grandes patrimonios y a las altas rentas por la emergencia sanitaria ante la pandemia del COVID-19.

Se promueve que ese impuesto se aplique a las personas humanas y sucesiones indivisas cuyo patrimonio total supere el valor de $100.000.000 al 31 de diciembre de 2019. Las alicuotas a aplicar será de un 5 por ciento sobre el excedente del valor patrimonial total de $100.000.000 hasta un valor patrimonial de $600.000.000.

Una tasa de siete por ciento con cincuenta centésimos (7,5%) sobre el excedente del valor patrimonial total de $600.000.000hasta un valor patrimonial de $3.000.000.000.  Una tasa del 10  por ciento (10%) sobre el excedente del valor patrimonial total de $3.000.000.000  hasta un valor patrimonial de $50.000.000.000.

Y una  del 15  %  sobre el excedente del valor patrimonial total de $50.000.000.000. Las valuaciones de los  bienes  serán a precios de mercado al 31 de diciembre de 2019. Los  inmuebles urbanos y rurales  serán válidos conforme  a la cotización  del metro cuadrado o de la hectárea que publican  entidades y organismos  reconocidos.

Se establece además una "contribución a las Ganancias Bancarias" aplicable por única vez a los beneficios de las entidades financieras y bancarias del sector privado. Esta surgirá de aplicar una tasa del 20 % del resultado neto del ejercicio cerrado por dichas entidades en los últimos 12 meses, hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive.

De igual modo se aplicará a las altas rentas por única vez a los beneficios empresariales y rentas de capital que superasen los $65.000.000.

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