MODIFICACIÓN DE UNA LEY

Elevan el monto de sanciones a empresas de servicios públicos

Con apoyo unánime se dio media sanción al proyecto de ley que dispone actualizar los valores de las multas a las empresas de servicios públicos.

Un proyecto de ley aprobado en Diputados eleva los montos de sanciones a empresas de servicios públicos.
Un proyecto de ley aprobado en Diputados eleva los montos de sanciones a empresas de servicios públicos.

La iniciativa legislativa es de autoría de los diputados Esteban Amat Lacroix (La Viña-Bloque Gustavo Sáenz Conducción)  y Omar Exeni (Capital-Salta tiene Futuro) y recibieron felicitaciones por parte de sus pares ya que se produce un avance en contra de empresas como EDESA y Aguas del Norte que tuvieron ganancias millonarias estos últimos años.

El texto que modifica el artículo 33 de la  ley Nº 6835 y fue aprobado es el siguiente: 

“Art. 33 - Las multas son sanciones pecuniarias de 1.000 kwh hasta 10.000.000 kwh, valorizados al precio de la tarifa media de venta vigente al momento de la imposición de la sanción, aplicables por violaciones graves al ordenamiento. En los casos que sean aplicadas a las licenciatarias o a las concesionarias, pueden hacerse efectivas mediante una rebaja de las tarifas por el monto de las multas”.

En los fundamentos se  consignó que corresponde a una iniciativa presentada por el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP), con la finalidad de actualizar el valor establecido en el artículo 33 de la Ley 6835 que establece el monto de las sanciones de multas que pueden ser aplicadas a las empresas concesionarias de servicios públicos de la Provincia por violaciones graves a los ordenamientos regulatorios. En efecto, la norma citada dispone que “las multas son sanciones pecuniarias de cien pesos ($100) a un millón de pesos ($1.000.000)”.

Como se advierte, los valores han quedado desactualizados si se tienen en cuenta las sucesivas devaluaciones e inflación acaecida en el país desde la sanción de la Ley 6855. A modo de ilustración cabe poner de relieve que el valor máximo fijado en ese momento de $ 1.000.000 equivalía a US$ 1.000.000 en virtud de la Ley de Convertibilidad, lo que hoy serían uno $67.750.000 al dólar cotización del Banco Nación ($67,75).

Se propone modificar el artículo por un valor referencial sobre la tarifa media de venta vigente al momento de aplicación de la sanción, a los fines que las sanciones se actualicen automáticamente con el precio de dicha tarifa. El precio de la tarifa media de venta a febrero de este año es de $5,3617 por kwh, de manera que 1.000 kwh equivalen a $5.361,7 y 10.000.000 de kwh equivalen a $53.617.000.

Se debe tener en cuenta, a lo fines de poner en contexto los valores de las multas, que EDESA SA tuvo una facturación mensual en febrero de este año de $815.300.670 y COSaySA de $239.151.157,64.

Es necesario considerar, adicionalmente, que en el ámbito de la Regulación Económica las multas o penalizaciones constituyen una señal económica orientadas a estimular la eficiencia y el desarrollo de las inversiones necesarias para la consecución de los niveles de calidad exigidos en las normas regulatorias.

La penalización fue concebida como estímulo económico a las inversiones eficientes para contrarrestar las fallas del modelo adoptado por nuestro sistema, denominado “Price cup” o previo tope (arts. 76 y 77 Ley 6819 Marco Regulatorio Eléctrico Provincial), que consiste  en la determinación de una tarifa inicial sobre la consideración de los costos eficientes necesarios para la prestación del servicio.

Sueldos en  Diputados congelados

Mediante el Decreto Nº 095 la Cámara de Diputados de la Provincia dispuso prorrogar por el término de 180 días, la suspensión de los incrementos sobre la remuneración de diputados,  autoridades superiores y personal  de agrupamiento político. 

De este modo, se extiende hasta el 31 de diciembre el congelamiento de aumentos en la Cámara baja, acorde al Decreto de  Presidencia 001/20.

En los considerandos se destaca que la grave situación económica y social que atraviesa el país,  amerita que todos los poderes del Estado transiten el camino de la austeridad en la función pública, guiados por la ética de la solidaridad, y promoviendo políticas  acordes a la realidad.

Que a las razones expuestas se suma la difícil situación provocada por el Covid-19 y a los fines de colaborar con parte de los gastos que demande la atención de la referida pandemia, se prorroga el Decreto Presidencial Nº 001.

El Decreto Nº 085 fue emitido en la víspera con la firma del presidente de la Cámara de Diputados Esteban Amat Lacroix y de la prosecretaria administrativa, CPN, Margarita Vega de Saman.   

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