La legisladora trabajará este año en el cuidado de la salud de los ciudadanos favoreciendo la actividad física, hábitos alimentarios saludables, creación de entornos saludables y todo lo relacionado con la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles que estan relacionadas a estilos de vida desfavorables.
Ley Nº 8.103: "Prevención y Tratamiento de los desórdenes por deficiencia de yodo en la población en general", la primera en Sudamérica que contempla la elaboración de pan y productos de panificación con sal yodada.
De Vita citó también la ley Nº 8.118: "Promoción y Prevención de la Enfermedad Renal Crónica y Cardiovasculares" la que permitirá mejorar la calidad de vida de las personas ante la detección precoz y el tratamiento oportuno en factores de riesgo como diabetes, cardiopatías entre otras; disminuyendo las complicaciones por diálisis, trasplantes y muertes ocasionadas por la enfermedad.
Agregó la ley "Regulación del ejercicio de la actividad del acompañante teraperutic", profesión que contribuye a lograr el tratamiento instaurado por el profesional médico potenciando las relaciones sociales del paciente otorgándole autonomía , minimizando las limitaciones y fortaleciendo las capacidades adquiridas.
También mencionó la obligatoriedad del servicio profesional de guardavidas en el ámbito geográfico de la provincia. Explicó que establece la obligatoriedad en todo lugar público o privado en donde existan espejos de agua naturales o artificiales; la misma permitirá prevenir las muertes por ahogamiento, anticipar y responder a emergencias en y alrededor de entornos acuáticos.
Salud mental
La diputada De Vita citó también la creación del órgano de revisión y promoción de derechos en salud mental, la que tiene por objeto proteger los derechos humanos en salud mental.
“Tenemos que reconocer que hay un cambio de paradigma en el abordaje de la salud mental, mediante el reconocimiento de las personas con padecimiento mental como sujeto de derechos con capacidad para llevar adelante una vida en comunidad, con los apoyos necesarios.
La norma establece que los lazos afectivos y sociales son pilares esenciales para la Salud Integral de cualquier ser humano. Todo esto debe ser analizado a la luz de la Convención de los Derechos del Niño, la Convención sobre los Derechos de las Personas con capacidades diferentes considerando las circunstancias.