Se consigna en los fundamentos que la actividad turística es un sector esencial en la economía de Salta, un dinamizador de sus recursos y generador de fuentes de trabajo directo e indirecto, teniendo en cuenta que el último año se estima una pérdida de 90 mil empleos del sector, siendo el principal objetivo recuperarlo y potenciarlo a futuro.
Expresa que el espíritu del presente proyecto nace ante la necesidad que actualmente atraviesa el sector turístico, tan debilitado por la pandemia que afectó al mundo COVID-19.
El segundo, está destinado a prorrogar por el término de un año la fecha de entrada en vigencia de la Ley 8.097 “Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes”, a contar desde el 5 de septiembre de 2021. Se indica que con motivo de la situación existente con el COVID-19, la misma fue prorrogada nuevamente mediante Ley 8.207, por igual período. En ese orden, y en razón de las normas de carácter internacional que protegen a las niñas, niños y adolescentes, en especial a la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por Ley 23.849, se incorporó en el artículo 2° de dicha Ley, un régimen transitorio hasta tanto se cumpla el término de la prórroga.
La pandemia ha impedido la selección, designación y posesión en su cargo a los fiscales, defensores oficiales y asesores de incapaces necesarios para el efectivo cumplimiento de la citada Ley.