La sentencia, en la cual también se incluyó la infracción por haber violado la cuarentena, recayó sobre Johana Margoth Melgar, detenida cuando transportaba un kilo de marihuana.
La fiscal subrogante María del Carmen Núñez, quien llevó adelante el caso hasta la acusación, informó que se llegó a un acuerdo a pedido del defensor oficial Luis Casares, quien solicitó la aplicación de un acuerdo pleno con el objetivo de acordar una pena para su defendida. El acuerdo fue homologado por el juez federal de Garantías de Tartagal, Carlos Martínez Frugoni, previo consentimiento de Melgar.
El hecho ocurrió el 5 de abril a la 21:30 en un control ubicado sobre la ruta 34, a la altura de La Balanza, en Pichanal, donde personal de Gendarmería Nacional, del Escuadrón 20, realizaba un operativo.
Allí arribó un remis que circulaba de Orán a Colonia Santa Rosa, otra localidad vecina. En el auto -un VW Surán- viajaban cuatro personas, entre ellas Melgar, quien iba junto a otro conocido, con el cual habían ido a visitar a un detenido en Orán.
Al descender para el control, la acusada presentó ciertas excusas, por lo que ante la presunción de un hecho ilegal se buscaron testigos civiles. Luego, se descubrió que llevaba un paquete, cuyo contenido se determinó que era marihuana; también se comprobó que Melgar no portaba ningún permiso. Tras la formalización de la investigación penal, realizada el 7 de abril pasado, la fiscalía avanzó con el caso y el 28 del mismo mes ratificó la acusación.
Núñez dejó en claro que los delitos en cuestión tiene un común denominador: la salud pública, un bien jurídico protegido. "Ambas figuras penales concurren en forma real (art. 55 del C.P.) al lesionar gravemente el bien jurídico protegido en ambos delitos, este es la salud pública. Así, nos encontramos frente a dos acciones típicas diferentes y perfectamente separables una de otra que han concurrido materialmente lesionando doblemente al bien jurídico tutelado".