La propuesta fue presentada por la Unidad Fiscal de Graves Atentados contra las Personas de Orán, en el marco de un juicio abreviado, el cual incluyó también la inhabilitación especial de cinco años para ejercer cargos públicos.
En su fallo, y según lo informado desde el Poder Judicial, el juez reconoció que el policía fue autor material y penalmente responsable del delito de homicidio culposo, hecho ocurrido el 31 de agosto de 2015 y tuvo como víctima a Hernán Areco, de 74 años.
En materia de reglas de conducta, el juez indicó que Espinoza deberá cumplir, durante dos años, las siguientes condiciones: fijar domicilio; fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato, abstenerse de concurrir a determinados lugares o de relacionarse con determinadas personas y no cometer nuevo delito. Todo ello, bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena ante incumplimientos injustificados de cualquiera de las medidas.
Por otra parte, ordenó la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
En el mismo fallo, se ordenó que Nazareno Roberto Guzmán, personal policial actuante en la causa, abone una multa de 12.500 pesos, con lo cual se tuvo por extinguida la acción penal en su contra por el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público. El accidente que le costó la vida a Areco ocurrió en la madrugada del 31 de agosto de 2015, cuando el anciano fue arrollado por una motocicleta que se desplazaba a gran velocidad. Producto del impacto, sufrió graves lesiones que derivaron en su deceso.
De acuerdo a lo revelado por testigos, el policía habría cruzado imprevistamente la calzada en intersección de calle San Martín esquina Castellanos.