PENA EN ORÁN PARA UN DOCENTE ABUSADOR

Un maestro de jardín condenado a 10 años de prisión por abuso sexual

Nelson Iván Erazú, de 29 años, recibió la pena de diez años de prisión efectiva, por haber cometido el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser el autor encargado de la educación de la víctima.

Una niña era abusada por su maestro cuando concurría a un jardín de infantes. Recibió la condena de 10 años de prisión.
Una niña era abusada por su maestro cuando concurría a un jardín de infantes. Recibió la condena de 10 años de prisión.

Erazú fue denunciado por la madre de la menor víctima de 5 años en noviembre de 2019. El hecho ocurrió cuando la niña concurría a una sala de jardín de la localidad de Colonia Santa Rosa. 

Los hechos fueron relatados por la niña en circuito cerrado de la Cámara Gesell, que fue reproducido en la Sala de Audiencias. Contó con detalle cada uno de los episodios, pudo describirlos con un relato claro, consistente, y sin ambigüedades.

El juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán actuante en feria, Héctor Fabián Fayos, ordenó que una vez firme el fallo se practique el correspondiente cómputo de pena.

El hombre continuará detenido y alojado en la cárcel 3 de Orán.

Además, se enviará a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) la totalidad de la documentación, junto con 3 fotografías, una de frente y una de cada perfil, y fichas dactilares del condenado, para que se proceda a su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la integridad Sexual y al Registro Provincial de Condenados vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

 

Siete años y seis meses de prisión por robo con arma

Siete años y seis meses de prisión efectiva se le dictaron a Facundo Nicolás Risio Bertola por resultar autor penalmente responsable de los delitos de robo calificado agravado por el uso de arma de fuego apta para el disparo, en concurso ideal con portación ilegítima de arma (cuatro hechos).

Los jueces de la Sala VI del Tribunal de Juicio -Guillermo Pereyra (presidente), José Luis Riera (vocal) y Mónica Mikdsi (vocal)- dejaron sin efecto la prisión domiciliaria por monitoreo electrónico que se había dispuesto como medida sustitutiva de la prisión preventiva y ordenaron que Risio Bertola sea alojado en la Unidad Carcelaria 1. Ordenaron además que se le brinde atención psicológica al condenado en el ámbito del penal.

En el mismo fallo, Hernán Mauricio Ávila fue absuelto del delito de robo calificado agravado por el uso de arma de fuego apta para el disparo (cuatro hechos) por aplicación del principio de la duda.

Facundo Nicolás Risio Bertola fue condenado por cuatro robos a locales comerciales (drugstores y heladerías). En todos ellos, el imputado utilizó el mismo procedimiento: ingresaba con el rostro cubierto, portando un arma de fuego tipo pistola y exigía a los empleados que le entregaran el dinero de la caja registradora y celulares. Afuera lo esperaba otra persona a bordo de una motocicleta y de esta manera se daba raudamente a la fuga.

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