El recurso fue planteado por la defensa técnica contra una resolución dictada por el juzgado de Menores de Primera Nominación.
El menor se encuentra en el centro de Atención a Jóvenes en Conflicto con la Ley Penal y con medidas de seguridad dispuestas tras valorar las pericias e informes psiquiátricos y de otras disciplinas que demostraron la relevancia penal de la condición del menor.
Recordó el juez que el mantenimiento de la medida de seguridad está condicionado al resultado de los estudios y exámenes de rigor, en correspondencia con el interés superior del menor y a fin de resguardar su integridad sicofísica, “los cuales deben ser periódicos y coordinados con la autoridad de aplicación, además de la intervención permanente del representante del Ministerio Público Pupilar .”