Sostiene que se trató de un juego nefasto, donde la Iglesia solo mostraba excusas clericales. “Lo último que hicieron (por la Justicia) fue darle 20 días a la Iglesia para que consiga los permisos de Roma. ¿Cómo le van a pedir a Roma? ¿Acaso son una embajada?”.
A estos pedidos a Roma, Segovia se opuso ya que solo dilataban los plazos, entendiendo que se trató de buscar excusas para mantener el privilegio, “todo esto hasta que no hubo más que hacer, donde luego le cupo a la Fiscalía el tramo final”.
La denuncia realizada en sede eclesial se concretó el 1 julio de 2016 donde se presentaron dos denuncias sobre supuestos abusos ordenando el arzobispo Mario Cargnello el 27 de julio del mismo año se inicie una investigación previa, según las líneas Guías emanadas por la Conferencia Episcopal Argentina.
Así, según surge de esa investigación, y de acuerdo a los fundamentos que enuncia Segovia, la comisión de un presunto delito contra Juan Carlos García, a quien se lo citó el 27 de septiembre de 2016.
En enero de 2017 se envíaron todas las actas a la Congregación para la Doctrina de la Fe y se suspende del ejercicio público del ministerio al P. Lamas como medida cautelar. El 27 de junio de 2017 la Congregación ordena la realización de un juicio eclesiástico penal contra el P. Lamas. Dicho juicio comienza el 25 de junio de 2017, finalizando el 16 de septiembre del 2018 finaliza el proceso, quedando listo para la firma de la sentencia.
Así comienzan una serie de escritos que van y vienen entre el arzobispado y la fiscalía de Delitos contra la Integridad Sexual N° 1, solicitando por medio de oficio las copias de las actas del proceso eclesiástico llevado a cabo.
Recibiendo en una de las respuestas que “El Tribunal colegiado ha entendido por unanimidad que las acusaciones eran ciertas en su esencia, condenando al mencionado presbítero a la pena máxima que es la pérdida del estado clerical. De no efectuarse recurso, en los próximos 15 días la sentencia será ejecutiva.
Por la presente la Arquidiócesis quiere, en primer lugar, pedir perdón a Dios nuestro Señor, a las víctimas y a toda la sociedad por el escándalo y el daño causado por un sacerdote de nuestra Arquidiócesis a menores confiados a su cuidado”.
Sin embargo, a los pocos días se señala en otra respuesta que: “El proceso todavía no ha terminado, pues cabe recurso al Reo a la Congregación para la Doctrina de la Fe. Al seguir abierto se hace imposible la entrega de cualquier documento relativo al mismo”.
Por todo el tiempo que seguía pasando es que Segovia insistió en fundamentar el allanamiento, señalando que “los hechos descritos revelan la necesidad y la urgencia de proceder al allanamiento de los lugares indicados, como única medida eficaz, para poder acceder a la información requerida”.
Enumera que el conflicto que habilita su jurisdicción, se basa en el hecho de que el Arzobispado de Salta se niega a colaborar con la Fiscalía a cargo de la Investigación, excusándose en el Concordato firmado entre la Santa Sede y la Argentina, en el año 1966. Esto porque no se trata de un territorio extraño dentro del país, sino que se rige por las leyes nacionales.