SUSPENSIONES Y EXPULSIÓN

Revés judicial a la acción promovida por afectados de la UCR

La Justicia Federal electoral no hizo lugar a la acción promovida por dirigentes de la Unión Cívica Radical de Salta que se consideraron afectados luego de las suspensiones como afiliados por el término de dos años, que fuera adoptada por el Tribunal de Disciplina.

Juez federal Julio Bavio.
Juez federal Julio Bavio.

Entre ellos se encontraba Luis Diego Zavaleta, quien fuera candidato a gobernador en comicios pasados.

El fallo del juez federal Julio Bavio consigna que “la acción promovida deviene en improcedente toda vez que la actora no acreditó perjuicio alguno, más allá  de la mera discordancia con lo decidido por el Tribunal de Conducta, decisión que de acuerdo a lo establecido en el art. 37 de la Carta Orgánica, partidaria es apelable ante la Convención”.

“Cabe recordar que los afiliados a un partido político tienen legitimidad para actuar judicialmente solo si agotara la vía partidaria y demostrara que ha sido afectado o desconocido un derecho reconocido en la Carta Orgánica del partido. Ninguno de los extremos ha sido demostrado en los autos”, añade.

También indica “asimismo, el procedimiento regulado por el artículo 57 de la ley N° 23298 persigue la solución de los conflictos en el seno de los partidos debiendo recurrir a la justicia como último recurso”.

Alude además a los cuestionamientos de la prórroga de los mandatos de las autoridades partidarias al destacar que estas “resultan extemporáneas toda vez que esa decisión publicada en el Boletín Oficial de Salta, el 19 de noviembre de 2020 y que esta decisión resuelta, adecuada y atinada dentro del marco sanitario actual, por lo que corresponde remitirse a lo allí expresado”.

“Por ello la acción no puede prosperar, ya que -dado el carácter extraordinario- requiere de circunstancias muy particulares caracterizadas por la existencia de arbitrariedad e ilegalidad manifiestas y en las que se demuestre daño concreto y grave que se invoca solo puede eventualmente ser reparado mediante la acción urgente y expedita del amparo”.

El fallo

El fallo expresa: 1) Rechazar la medida cautelar solicitada. 2) Rechazar in límine la acción de amparo instaurada por Carlos Saravia Leguizamón, Mariana Escobar, Yida Chugra, Carlos Barreto y Fredy Guibergia

 

 

 

Compartí esta noticia!

VER MÁS

Deportes


VER MÁS

Salta


VER MÁS

El País


VER MÁS

Judiciales


VER MÁS

Provinciales


VER MÁS

Te puede interesar


VER MÁS

Cultura y Espectáculos


VER MÁS

Política


VER MÁS

Seguridad


VER MÁS

Mundo


VER MÁS

Economía


VER MÁS

Tendencias


Más de Judiciales

ÚLTIMAS NOTICIAS