Las contravenciones son los delitos de menor cuantía o faltas, lo que las diferencia de los delitos. Y el Código Contravencional es eminentemente preventivo.
Desde 2016 fiscales del Ministerio Público y los jueces de Garantías intervienen en las actuaciones por contravenciones donde se da competencia material y territorial de las Fiscalías Penales no especializadas de los distintos Distritos Judiciales.
En 2011 la Corte de Justicia remitió una iniciativa legislativa proponiendo la creación de cinco juzgados contravencionales en toda la Provincia.
En la reunión se trató el proyecto remitido en la Acordada 11000 que proponía superar el sistema implementado en los últimos años de la primera mitad del siglo pasado.
Aquel proyecto remitido por la Corte de Justicia propiciaba la creación de cinco juzgados contravencionales tomando como base y fundamento las propias previsiones del artículo 135 del Código Contravencional y dotar de competencia en la materia a los juzgados de Cafayate y Joaquín V. González creados por Ley N° 7264.
De esta forma se cubriría toda la provincia con juzgados de competencia específica.
En el encuentro se analizó también el desarrollo de las audiencias de debate en los procesos penales en el marco de la emergencia sanitaria nacional.
Así desde el 11 de mayo los tribunales concretaron audiencias aplicando el principio general de realización por medios electrónicos como la posibilidad de audiencias presenciales.