CONFIRMAN UN DELITO

Ratifican la validez de requisas realizadas sin orden judicial

Fue en el marco de un proceso iniciado a una persona por haber resistido un control policial, como así también por el delito de encubrimiento de contrabando de 550 kilos de hojas de coca en una camioneta.

NDS |

A partir de una solicitud del fiscal Eduardo Villalba el tribunal declaró válido el procedimiento realizado por personal policial.
A partir de una solicitud del fiscal Eduardo Villalba el tribunal declaró válido el procedimiento realizado por personal policial.

Los jueces de Revisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta consideraron que el acusado hizo caso omiso a las señas y no quiso ingresar a la dársena para ser controlado, lo que motivó el accionar policial.

El juez de Garantías había dado por nulo el procedimiento, ya que la requisa se llevó adelante sin orden judicial, sin embargo la fiscalía a cargo de Eduardo Villalba, solicitó una audiencia de saneamiento en la que expuso las razones por las que debía darse por confirmada la comisión del delito y refirió además a casos precedentes y al Código Procesal Penal en su artículo 138 inciso a.

Así los magistrados de Revisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta ratificaron la validez de las requisas efectuadas sin orden judicial cuando se trate de procedimientos de prevención general.

En el caso, un juez de garantías había declarado la nulidad de la requisa realizada por los efectivos, de la Policía de la Provincia, al considerar que no existieron suficientes sospechas ni un motivo de urgencia que impidiera requerir orden judicial para requisar el vehículo en un punto donde se realizan controles de rutina por parte de la Policía de la Provincia.

El magistrado había señalado que no se trataba de un caso de requisa general, sino que la fuerza contaba con el dato de que el imputado pasaría por el lugar, razón por la cual consideró que se trataba de un caso de requisa particular y que por lo tanto requería de la correspondiente orden judicial.

Sobre el puntual de la existencia de información previa, la fuerza de seguridad señaló que se conocía que el sujeto ingresaba tres veces por semana a Salta Capital, con hojas de coca, sin embargo, no se contaba con el día y hora en que lo hacía, pero sí con la patente del vehículo.

En la audiencia de imputación la defensa del acusado solicitó la nulidad, lo que entendió el juez correspondía ante la falta de autorización judicial para la requisa, quitando la prisión domiciliaria al imputado y ordenando además la devolución del vehículo; el fiscal Villalba por su parte apeló lo resuelto.

Apelación

Cumplida la audiencia de saneamiento el Tribunal dio el veredicto en virtud del cual, por mayoría, se revocó la resolución del juez de Garantías y, consecuentemente, se declaró válido el procedimiento realizado por personal policial, por considerar que existían motivos suficientes para realizar la requisa sin orden judicial, toda vez que la persona imputada hizo caso omiso a las señas de personal policial y no quiso ingresar a la dársena a los fines de ser controlado, lo que motivó el accionar.

El procedimiento

En el lugar en que se detuvo y requisó al imputado, conocido como "ex Aunor", se realizan controles policiales de rutina, conforme disposición del Ministerio de Seguridad de la Nación.

En ese marco, el personal policial tenía datos obtenidos en razón de las tareas que realizan en la calle, de que la persona en cuestión ingresa tres veces a la semana a la ciudad de Salta trayendo hojas de coca y conocían la patente de la camioneta en que se movilizaba, pero era tan probable como improbable el día y la hora que llegaría, como así también que ellos pudieran estar en el lugar por el que pasara, ya que en anteriores situaciones, al ver a personal policial, el imputado los pasaba sin acatar sus órdenes o bien giraba en “U” y se volvía en busca de una ruta alternativa.
 

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