RECHAZAN UN HABEAS CORPUS

Ratifican el aislamiento de 7 días para dos transportistas

El juez de la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Marcelo Domínguez dispuso que dos empleados que se dirigían desde Carcarañá, Santa Fe, a una finca de Anta cumpliendo actividades laborales realicen un confinamiento de siete días, previo resultado negativo de la prueba de PCR para SARS-Cov2.

Los trabajadores transportistas se negaron a hacer el aislamiento e interpusieron un Hábeas Corpus que fue rechazado.
Los trabajadores transportistas se negaron a hacer el aislamiento e interpusieron un Hábeas Corpus que fue rechazado.

Finalizado el confinamiento, deberán trasladarse a su lugar de trabajo en el departamento Anta.

La decisión fue adoptada frente a un Hábeas Corpus presentado por los dos empleados quienes contaban con todos los permisos de circulación propios de actividades esenciales y se dirigían la finca ubicada en Anta.

Pero en el control de El Durazno se les ordenó dirigirse a Salta, donde se les hizo saber que quedarían alojados en un hotel hasta tanto se les efectuara el control sanitario, donde posteriormente fueron notificados que quedaban en aislamiento por 14 días.

Domínguez recordó que la garantía relativa a la libertad física es el fundamento de la acción de Hábeas Corpus, incorporada en el artículo 43 de la Constitución. El Hábeas Corpus habilita un proceso rápido, de extrema sencillez, destinado a conjurar cualquier tipo de lesión a la libertad física, ambulatoria o de locomoción. 

Señaló que los decretos presidenciales fueron  dictados para proteger la salud pública, frente a una crisis sanitaria. Asimismo, el aislamiento social se dictó para  evitar la propagación del COVID-19, lo que no es una amenaza a la libertad ambulatoria, porque dispone que la fuerza policial en caso de detectar incumplimiento informará a la justicia penal para que evalúe la pertinencia de iniciar acciones ante la posible comisión de los delitos. 

Recordó que el Comité de Emergencia local  estableció que las personas que provengan de otras provincias con transmisión local de  COVID-19 deben realizar el aislamiento social en los centros determinados. 

El  Protocolo de Empresas y Transportistas describe  que los trabajadores privados que ingresan a Salta deben quedar en aislamiento centralizado en hotel habilitado por la Provincia, a cargo de la empresa, ampliando  que si el personal estuvo en zonas con transmisión comunitaria, debe completar el aislamiento durante siete días, debiendo realizarse una prueba de PCR con resultado negativo para permitir su traslado al lugar de trabajo.        

Por ello mismo,  el aislamiento de los dos hombres será de siete días, a partir de la fecha de su ingreso al hotel informado, debiendo cumplir con la prueba de PCR para SARS-Cov2, con resultado negativo. 

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