DESDE LAS 0 ENTRA EN VIGENCIA

Los sectores Provida buscan revertir la Ley IVE a través del Poder Judicial

Tras el fallo del juez federal de Garantías 1, Julio Bavio, quien le dio un primer cachetazo a los sectores Provida, los demandantes acusaron recibo rápidamente y retrucaron con una apelación, para la cual se preparan con mucho esmero.

Manifestación de sectores Provida de Salta.
Manifestación de sectores Provida de Salta.

Saben que la escueta resolución de Bavio fue apenas una batalla perdida, y no la guerra, pues aún resta que se resuelva la cuestión de fondo, o sea, si la ley es inconstitucional o no, una discusión que, más allá de lo que se decida en primera instancia, e incluso en un tribunal de alzada, podría terminar en el seno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En tanto, la marea verde, en la cual navega triunfante el oficialismo y los sectores de izquierda, se prepara para festejar la entrada en vigencia -a partir de las 00 de hoy- de la Ley 26.710, la cual pondrá en vigencia la Interrrupción Voluntaria del Embarazo, obtenida en diciembre pasado en ambas Cámaras del Congreso de la Nación.

Impulsado por la ex senadora nacional y actual presidenta del Partido Renovador de Salta, Cristina Fiore, y los diputados provinciales Andrés Suriani y Gladys Moisés, entre otros, los sectores Provida buscan revertir la ley a través del único camino que les queda: el Poder Judicial.

Con la representación legal del abogado, José Durand Mendioroz, cabeza visible, otros letrados liderados por el ex ministro de Justicia de la Nación, Rodolfo Carlos Barra, los sectores Provida echaron mano de una herramienta acorde al caso, y cada vez más notoria en materia de reclamos, como lo es el recurso de amparo.

Para darle mayor fuerza lo plantearon como un “amparo colectivo”, lo cual fue puesto en duda por el juez Bavio, quien mandó a verificar si existen otros planteos similares, como así también sostuvo que Fiore y compañía no serían del todo representativos.

Tras cartón, Bavio, y antes que la presentación tome vuelo, rechazó las medidas cautelares planteadas por los demandantes con un argumento en el que fijó posición en materia de división de poderes, para lo cual citó un fallo como jurisprudencia, en el cual la Corte Suprema, en un caso sucitado en el año 2010, revocó una decisión de la Justicia Federal de Mendoza, quien pretendía suspender en todo el país los efectos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

De esta manera, y sin avanzar sobre la discusión en torno a la inconstitucionalidad o no de la ley, el magistrado ya parece haber fijado posición: la de no inmiscuirse con los otros poderes, postura que, en otros casos, no mantuvo; como por ejemplo, cuando en febrero de 2020, falló en contra de la Movilidad Jubilatoria dispuesta por el Gobierno del presidente Alberto Fernández.

Qué piden representantes en las medidas cautelares requeridas

En la presentación realizada por los demandantes Provida, se solicitó que se “declare que la existencia del ser humano comienza desde el momento de su concepción, que desde entonces es ‘niño’ para nuestro ordenamiento jurídico constitucional y que por lo tanto tiene derecho intrínseco a la vida”.

Asimismo, y en el marco de lo que se conoce como una cautelar “positiva”, solicitaron que la Justicia ordene al Ministerio de Salud de la Nación “la elaboración de un protocolo que estableciera que toda persona gestante que acudiera a un centro de salud para solicitar la IVE debería ser informada, en el marco de una audiencia con un médico, acerca de que la interrupción significaría terminar la vida de una persona humana”.

En ese marco, se planteó que el profesional debía darle a conocer el grado de “desarrollo anátomo - fisiológico” del feto a través de “ecografías y escuchar los latidos del corazón”, todo ello, obviamente, en busca de que la paciente revierta su decisión.

En dicho protocolo, también se pretendía incluir el ofrecimiento a la persona gestante de la posibilidad de “entregar en adopción al niño una vez nacido”, además de la notificación de los “efectos traumáticos” que, según los Provida, la IVE podría traerle y la indicación de lugares donde recibir asistencia para continuar con el embarazo.

Por último, el protocolo sugerido especificaría que “el aborto no se celebrará sino hasta después de siete días corridos desde la celebración de la audiencia referida, a los efectos de la reflexión por parte de la mujer”.

 

 

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