SUSPENDEN LA IMPOSICIÓN DE PENA

La víctima está parapléjica y el culpable aún sin condena

Con el reclamo de los familiares de la víctima por la sorpresa que recibieron al enterarse de la suspensión de la audiencia en la que se debía imponer la pena a Mauro Cabral declarado responsable del delito de homicidio simple en grado de tentativa, en contra de José María García.

NDS |

La Justicia suspendió la imposición de una condena al responsable y familiares y amigos de José María García elevan sus reclamos de justicia.
La Justicia suspendió la imposición de una condena al responsable y familiares y amigos de José María García elevan sus reclamos de justicia.

Los familiares señalaban en los pasillo de ciudad judicial, “mientras mi hermano está parapléjico el responsable todavía no cumple ninguna condena”.

José María García caminaba, el 29 de enero del 2014, por avenida Paraguay, en sentido Sur-Norte, luego de presenciar el partido entre River Plate y San Lorenzo de Almagro disputado en el Estadio Martearena, en compañía de otros simpatizantes de fútbol, todos vestidos con la camiseta de San Lorenzo.

Al llegar a la pasarela, sobre avenida Chile, se cruzaron con otro grupo de hinchas que vestían camisetas de River, y mientras caminaban una piedra golpeó la cabeza de García, dejándolo con lesiones gravísimas que le evitan tener la posibilidad de movilizarse.

El juez de menores 3, Hugo Fernández Esteban, dejó sin efecto y suspendió la audiencia de imposición de pena que había sido fijada en el marco de la causa.

La defensa de Cabral, que ejerce Marcelo Arancibia presentó el viernes pasado, un pedido de recurso extraordinario federal, teniendo en cuenta que se había planteado la reserva del caso, durante el juicio, ahora la Corte salteña  deberá resolver, teniendo en cuenta que ya había rechazado la queja, si hace lugar al extraordinario federal, o no.

Si se hace lugar entonces queda en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin dudas el tiempo seguirá pasando.

Esa presentación no permite que la causa continúe con su trámite pertinente. Así, el juez instó al abogado defensor de Cabral, Marcelo Arancibia, al cumplimiento de las normas de la ética profesional, contenida en la ley Nº 5412.
En la misma causa, Otto Bornes había sido condenado a la pena de cuatro meses de prisión condicional por el delito de agresión con arma impropia.

Los otros imputados, Francisco Maximiliano Chiliguay, por su parte, había sido absuelto del delito de agresión con arma impropia, por no mediar acusación fiscal, mientras que Mauricio Javier Alanís, resultó absuelto del mismo delito haciendo aplicación del beneficio de la duda.

El juicio estuvo a cargo de los jueces de la Sala V del Tribunal de Juicio, Javier Francisco Aranibar, y Norma Vera y Mónica Mukdsi. 

 

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