NO PROSPERÓ SU APELACIÓN

La joven Bridoux Tello deberá cumplir la condena por homicidio

No prosperó el recurso extraordinario federal planteado por la defensa de María Florencia Bridoux Tello, quien el año anterior fuera condenada en Orán a 8 años de prisión efectiva el homicidio simple al chocar un auto detenido en el que murieron las niñas Vanesa y Gisela Barba.

NDS |

Bridoux Tello de 29 años fue causante del fatal accidente en el que murieron dos niñas y evadió cuatro años la justicia.
Bridoux Tello de 29 años fue causante del fatal accidente en el que murieron dos niñas y evadió cuatro años la justicia.

El 6 de julio de 2008,  Bridoux embistió el auto de la familia Barba, que se encontraba detenido y haciendo fila en un control de Gendarmería en ruta nacional 50. En el vehículo impactado se encontraba el matrimonio compuesto por Orlando Barba y Alicia Gómez y en la parte trasera, sus hijas Vanesa y Gisela, que fallecieron.

La Corte de Justicia de Salta denegó el recurso extraordinario federal que interpuso la defensa técnica de la condenada contra la resolución de la Corte de Justicia que desestimó la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado. Consideraron los defensores la existencia de arbitrariedad en la sentencia.

La Corte de Justicia de la Nación reglamentó por Acordada 4 la presentación de los recursos. El recurso de la defensa de Bridoux Tello incumplió con los apartados d) y e) del artículo 3 de la Acordada 4/2007, pues no se ha demostrado que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada resulte contraria al derecho invocado por el apelante con fundamento en aquéllas; ni se han refutado todos y cada uno de los argumentos independientes que dan sustento a la decisión apelada, en relación con las cuestiones federales planteadas.

Recordaron los jueces de la Corte de Justicia que “La correcta deducción del recurso extraordinario exige que el impugnante demuestre la inconsistencia de las razones expuestas en el fallo que pretende objetar”. No se evidencian además vicios de arbitrariedad, por lo que en aplicación del artículo 11 de la misma Acordada, es que se denegó el recurso.

En diciembre del año anterior María Florencia Bridoux (29) fue condenada a la pena de ocho años de prisión efectiva, por considerarla autora material y penalmente responsable del delito de homicidio simple con dolo eventual, en perjuicio de Vanesa y Gisela Barba.

 

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