El máximo tribunal hizo lugar a los planteos de los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli y el Consejo de la Magistratura no podrá realizar cambios hasta tanto se analice el fondo de la cuestión.
Los cuatro integrantes de la mayoría de la Corte Suprema firmaron el mismo voto y el presidente del tribunal Carlos Rosenkrantz firmó el suyo dando lugar también a la apertura del recurso excepcional.
En la misma resolución se le comunicó al Consejo de la Magistratura que, hasta que se pronuncie la Corte sobre el fondo de la cuestión, debe abstenerse de llevar adelante cambios y/o designaciones de magistrados; y al mismo tiempo le dio 48 horas para enviar el expediente completo.
La Corte se expidió sobre la admisión del recurso, pero no sobre el fondo, porque la sentencia debe dictarse después de que conteste el Consejo de la Magistratura. Mientras tanto, los jueces permanecerán de licencia porque así lo solicitaron.
Desición unánime
En una resolución dada a conocer este mediodía, la Corte decidió por unanimidad que las cuestiones planteadas "exceden el interés de las partes" y que el asunto "atañe a la comunidad" al declarar admisible el recurso presentado por los camaristas federales Germán Castelli, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.
La resolución llevó la firma de los ministros de la Corte Juan Maqueda, Elena Highton, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, quien lo hizo con fundamentos propios.
El máximo tribunal de la Nación consideró que la garantía constitucional de acceso a la justicia requiere que “la tutela jurisdiccional de los derechos en cuestión posea la virtualidad de resolver la cuestión sometida a su conocimiento mediante una respuesta judicial idónea, oportuna, efectiva y eficaz”.
La Corte recordó que “al momento de la interposición del remedio extraordinario per saltum ante este Tribunal, las partes habían hecho ejercicio' de sus derechos” presentando sendos recursos contra las decisiones judiciales en el fuero Contencioso Administrativo Federal.
En tal sentido, se refirió a que el trámite de esos recursos se demoró debido a la falta de definición en la cámara de ese fuero, lo que llevó a la designación de una camarista para que desempate una votación.
“Asimismo -destacó- es preciso reconocer que el planteo constitucional ventilado en estas actuaciones excede el mero interés de las partes en el presente proceso y atañe al de la comunidad, desde que está en juego la interpretación constitucional de los traslados de los jueces federales”.