MUERTO EN UNA DETENCIÓN

Juzgan desde hoy a 5 policías y un civil por el homicidio de Cristian Gallardo

Comenzó hoy el juicio a cinco efectivos policiales y un testigo que aportó datos falsos durante la investigación, por la muerte del joven Cristian Exequiel Gallardo. Ocurrió en agosto de 2019 en Finca Independencia, zona sudeste de la ciudad de Salta, en el marco de un operativo policial.

Los efectivos  del organismo de seguridad están acusados de homicidio culposo. Lo trasladaron en una camioneta y llegó muerto (Imagen Ilustrativa).
Los efectivos del organismo de seguridad están acusados de homicidio culposo. Lo trasladaron en una camioneta y llegó muerto (Imagen Ilustrativa).

El Tribunal del juicio está integrado por los jueces Roberto Faustino Lezcano, Maximiliano Troyano y Norma Beatríz Vera y está previsto que se desarrolle los días 20, 21, 22, 25, 26, 27 y 29 de abril y el 2 y 3 de mayo.

El fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Leandro Flores, representará al Ministerio Público Fiscal ante la Sala IV del Tribunal de Juicio, en la audiencia de debate contra los efectivos policiales Ricardo José Antonio Llaves, Lucas Maximiliano Ozuna, Ricardo Ezequiel López y Jorge Antonio Olea por el delito de homicidio culposo en concurso real con vejaciones calificadas en perjuicio de Cristian Exequiel Gallardo y contra Elio Maximiliano Moya por falsedad ideológica en concurso ideal con encubrimiento agravado. Y contra Ángel Ismael Lozano se requirió juicio por falso testimonio en concurso ideal con encubrimiento.

Cometieron excesos en la detención  

El 26 de agosto de 2019, los efectivos Llaves, Ozuna, López y Olea, intervinieron ante un hecho de robo ingresando a una vivienda de Finca Independencia. Cuando se disponían a demorar a quienes lo habrían provocado, dos de ellos huyeron por los techos. Gallardo se encontraba oculto en un lavadero y en su poder, estaban un arma blanca con la que habían atacado al damnificado y el teléfono celular que le habían sustraído.

Gallardo se resistió abiertamente a su aprehensión, forcejeando con los dos policías que procuraban sacarlo del inmueble. Los efectivos habiendo sido capacitados con técnicas de sujeción para este tipo de procedimiento aplicaron maniobras inadecuadas, impropias y excesivas en su afán de aprehenderlo.

Mientras uno de los policías lo arrastraba cruzando su brazo y antebrazo desde el cuello haciendo presión, el otro trataba de sujetarlo de los pies. La intervención de estos dos efectivos no resultó suficiente para reducirlo dado que al salir a la vereda del inmueble Gallardo logra zafarse e intenta huir, pero a escasos metros es aprehendido por dos efectivos que le aplican golpes de puño a la altura del abdomen y en el antebrazo izquierdo.

Boca abajo, sin poder respirar

Posteriormente es trasladado en la caja cubierta del móvil policial, donde esposado, lo pusieron boca abajo y continuaron aplicándole trato riguroso. Ya en la dependencia policial, el demorado comenzó a tener dificultades para respirar, por lo que luego se solicitó una ambulancia, que, al llegar, constató que Gallardo se encontraba sin vida.

En la extensa base probatoria, la Fiscalía expone el informe de autopsia realizado al fallecido, donde se confirma que el deceso de Gallardo se produjo por isquemia aguda de miocardio, lo que fue corroborado por los profesionales médicos que integraron la Junta que realizó la necropsia en forma posterior.

También se consigna que los profesionales corroboraron las causas del deceso de Cristian Exequiel Gallardo y verificaron en su cuerpo numerosas lesiones producto del trato que recibió de parte del personal policial durante el procedimiento de detención y traslado.

En la acusación a los efectivos que actuaron en su detención, el fiscal destaca que inobservaron los reglamentos que le incumben, le dispensaron un trato áspero y riguroso sobre el cuerpo del mismo provocándole lesiones en diversas partes del cuerpo.

Descompensación y muerte

También señala que el deceso se produjo porque ante una situación previsible como lo era la descompensación de quien tenían bajo su custodia en un nuevo accionar imperito, no respondieron a la emergencia, practicando al menos maniobras de reanimación que también formaba parte de la capacitación recibida. Tampoco efectuando el pedido oportuno de asistencia sanitaria, para que personal de emergencia pudiera concurrir al lugar a resolver la situación.

Respecto a Elio Maximiliano Moya, se advirtió que con fecha 26 de agosto de 2019, encontrándose de oficial de servicio de la Base del Sector 6, consignó datos y situaciones que no correspondían a lo que había acontecido tras el arribo de Cristian Exequiel Gallardo y la descompensación que sufrió. Tampoco correspondían con los registros efectuados en el Libro de Guardia de la Dependencia, con la única intención de favorecer a sus colegas involucrados a fin de que eludan la persecución penal.

En relación a Ángel Ismael Lozano, se tiene debidamente acreditado que en ocasión de prestar declaración testimonial ante la Fiscalía, habiendo prestado juramento de decir verdad, omitió referir a las circunstancias acaecidas dentro de la caja del móvil cuando Gallardo fue subido para ser trasladado a la Base del Sector 6A de B° Democracia.

Si bien expresó que allí Gallardo se resistió a que le colocaran las esposas, nada dijo de lo que exhibe el video aportado a la causa por `parte de la hermana del damnificado, en el que se aprecia la agresión perpetrada por uno de los policías. Debiendo entenderse que su silencio favorecía la situación a quienes lo auxiliaron tras el ilícito que sufrió en la vía pública, en el que había intervenido Gallardo.

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