POR LOS CIGARRILLOS ILEGALES

Juez federal “ayuda” a desfinanciar al Fondo Especial del Tabaco y la Anses

Los cigarrillos, además de generar una adicción –por la nicotina-, también son productores de noticias. En plena pandemia su escasez provocó la aparición de “nuevas” marcas o “nuevos” paquetes de cigarros, de marcas alternativas y que, a la postre resultaron ser ilegales.

El juez federal Miguel Antonio Medina, al beneficiar a Tabes S.A. perjudicó al FET en un monto todavía impreciso, pero seguramente millonario.
El juez federal Miguel Antonio Medina, al beneficiar a Tabes S.A. perjudicó al FET en un monto todavía impreciso, pero seguramente millonario.

La ilegalidad de estos productos obedece –simplemente- a que evaden tributar los impuestos que por ley los afectan y que su “aparición” durante la cuarentena, empieza a tener respuestas con este fallo. 

En ese contexto, se confirmó que el titular del Juzgado Federal Nº 2 de Salta, Miguel Antonio Medina, el 1 de junio dictó una medida cautelar a favor de la empresa local Tabes S.A. (Tabacos Especiales), eximiéndola de tributar el impuesto interno mínimo –cuya finalidad es imponer un piso a su precio para incrementar la recaudación y desalentar el consumo- a los atados de cigarrillos, que hoy tienen un valor de $ 68,25 el paquete.

Creada en 2001, Tabes S.A. tiene su actividad principal compra, acopio y proceso de pre-industrialización del tabaco. En 2014 retoma la producción de tabaco con una creciente participación en el mercado, ubicando la planta en el Parque Industrial de Salta, sobre avenida Rodríguez Durañona 255, en un predio de 35.000 m2 con instalaciones cercanas a los 10.000 m2.

La medida cautelar del juez Medina implica el otorgar un beneficio tributario extraordinario a la compañía tabacalera, la cual está –ahora- habilitada por el magistrado a no abonar al Estado los impuestos establecidos por Ley Nº 27.430, los que sí son pagados por las restantes cigarreras del país. El fallo judicial hace mención a que Tabes S.A. es una empresa radicada en el parque industrial salteño y dedicada a la manufactura de tabaco y cigarrillos; siendo su actividad principal el armado y comercialización de bolsitas tabacaleras cuyo contenido es tabaco picado, como la fabricación de cigarrillos de marca propia (Achalay), indicando que la firma participa en un pequeño segmento del mercado, eximiéndola –de esta manera- de pagar un impuesto mínimo que nutre al Fondo Especial del Tabaco (FET) y ordenando a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que se abstenga de retenerle el gravamen hasta que no haya una definición sobre el fondo de la causa, que está en manos de la Corte Suprema de Justicia. 

La eximida empresa salteña asegura que si se le aplica el impuesto, implicará la pérdida de 200 puestos de trabajo y la desaparición de la empresa, el mismo argumento de la Tabacalera Sarandí -que estaría vinculada a Tabes S.A.-, la otra beneficiada por la exención impositiva, pero por un juez de Buenos Aires. En cambio, las demás tabacaleras sí deben tributar el gravamen. Sólo por el beneficio otorgado a la Tabacalera Sarandí, Misiones perdió 4.200 millones entre 2016 y 2020 y 1.900 millones solamente en lo que va de 2020, producto de las medidas cautelares que la Justicia Federal le otorgó eximiéndola de pagar el impuesto interno mínimo aprobado por el Congreso nacional. 

Tabacalera Sarandí no es una Pyme ya que posee más del 20% del mercado de cigarrillos, factura más de 20.000 millones de pesos al año y tiene un convenio con la cuarta tabacalera más grande del mundo, la empresa multinacional británica Imperial Tobacco. En tanto –en Salta-, el Fondo Especial del Tabaco, creado por la Ley Nº 19.800, y publicada en el Boletín Oficial Nº 11211 del 15 de abril de 1981, mediante decreto Nº 8911 establece que los fondos que se entreguen en cumplimiento de los artículos 27 y 28 de la Ley 19.800 serán administrados a través de una cuenta especial denominada Fondo Especial del Tabaco, la que hoy resulta imprescindible para la actividad tabacalera de Salta y de las otras seis provincias productoras, las que se verán privadas de importantes recursos dinerarios, toda vez que una parte de los impuestos gravados a los cigarrillos integran sus recursos, lo que también desfinanciaría a la Anses y al Tesoro Nacional, perjudicando así a millones de argentinos. Para una mejor comprensión, el impuesto a los cigarrillos recauda anualmente más de 150 mil millones, cifra ahora afectada por los alcances de esta medida judicial. En Salta serían afectados los beneficiarios de Anses, los 1.700 productores tabacaleros, y los más de 20.000 trabajadores rurales y sus familias, implicados en la incertidumbre de poder contar con sus salarios, beneficios sociales, como obra social, seguro de vida. El FET es un complemento del precio abonado al productor tabacalero en relación a su producción, el que se pone en riesgo al no pagar Tabes S.A. los impuestos correspondientes. 

Por su parte a Tabes S.A. -días pasados-, diario El Tribuno realizó una publicación donde esta empresa denunció haber sido víctima del robo de su marca Achalay, “los cigarrillos sin dueño que se venden ilegalmente en Salta”, denunciando además que en función de la escasez por la pandemia ocasionada por el COVID-19, apareció en diferentes comercios cigarrillos con su marca, pero no producidos por ellos. En esa publicación, el presidente de Tabes S.A. aseveró que “nosotros no tenemos marquilla, máquinas ni insumos para fabricar cigarrillos”.

El 15 de mayo, la Cámara del Tabaco de Salta, realizó una denuncia penal ante la posible comisión de hechos delictivos, indicando la aparición en el comercio local para la venta los cigarrillos Achalay, elaborados según su envase por Miguel Pascuzzi y Cía, como también otras marcas como CR7Rodeo y otras, en evidente ilegalidad.

Nuevo Diario accedió a la causa llevada por el juez federal Miguel Antonio Medina, en donde la sentencia judicial señala en su apartado VI lo siguiente: “En el particular, corresponde hacer lugar a la medida cautelar solicitada (por Tabes S.A.), pues de iniciarse cualquier proceso de ejecución teniendo como antecedente los hechos expuestos en la acción, con el limitado campo de discusión que domina en éstos procesos, podrían verse perjudicados los derechos que el solicitante manifiesta se encuentran conculcados”. El argumento esgrimido por la tabacalera para obtener el amparo judicial fue que la misma elabora tabaco picado en bolsitas como también fabrican cigarrillos de marca propia, contradiciendo lo publicado en diario El Tribuno. Ante esta realidad, los confusos y contradictorios hechos están siendo investigados por el fiscal federal Ricardo Toranzos.

Tanto la empresa beneficiada por el juez Medina, como el propio juez, cuentan con un historial –por lo menos sospechoso- ya que la tabacalera Tabes S.A. cuenta con tres allanamientos en los últimos años, vinculados a la fabricación ilegal de cigarrillos: en noviembre de 2016 la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó un fallo inicial contra la tabacalera Tabes S.A., involucrada en una causa que investigaba una red de fabricación ilegal de cigarrillos. De este modo revocaron la sentencia de la Cámara Federal de Salta y ratificaron la decisión del juez federal Nº 1 Julio Leonardo Bavio, quien oportunamente había ordenado el secuestro de las maquinas, a fin de hacer cesar la producción de hebras de tabaco cuyo destino era el aporte de materia prima para la producción de cigarrillos clandestinos; en 2017 estuvo clausurada por más de 60 días, por orden del juez federal Federico Villena, de Lomas de Zamora, en una megacausa, donde AFIP consideró a Tabes S.A. como proveedor estratégico de tabaco en hebras a cigarreras clandestinas allanadas en la provincia de Buenos Aires y productoras de cigarrillos ilegales.

En esa oportunidad el exhorto judicial del juez Villena habría sido girado al fuero federal salteño, donde el juez Medina –esta vez-, manifestó no poder implementarlo, toda vez que él en una causa anterior se había apartado, correspondiendo mantener el mismo criterio a efectos de salvaguardar la garantía de imparcialidad. En cuanto al juez Medina -juez federal desde el 18 de agosto de 1995-, nombrado mediante decreto 362/1995 del Poder Ejecutivo Nacional, sancionado el 17 de agosto de ese año, es recordado por Nuevo Diario en su intervención y participación de la “famosa” causa de los autos secuestrados y usados por funcionarios del entonces gobierno del hoy senador Juan Carlos Romero, causa que finalmente se terminó diluyendo en el tiempo sin tener sentencia, lo que habría perjudicado al entonces ministro de seguridad, Gustavo Ferraris.

Esta nota parecería ser la punta de un ovillo, al que hay que desmadejar para el mejor entendimiento de lo que hay detrás del “humo” que generan los cigarrillos ilegales.

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