Entre sus fundamentos, se destaca la normativa internacional y nacional vigente, y especialmente se detiene en la reproducción de estereotipos machistas que podrían condicionar a las autoridades estatales. La iniciativa surgió ante la imperiosa necesidad de modificar la norma que establece la composición y atribuciones de las Salas de los Tribunales de Juicio, y que define que deben estar integradas por tres jueces cada una.
Asimismo, se señaló que ese organismo adhirió en 2019 al “Protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres (femicidios)”, confeccionado por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) de la Procuración General de la Nación.
Cabe recordar que el término femicidio, en el ámbito internacional de los Derechos Humanos, fue definido como “la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal; en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión”. Consecuentemente, el MPF, creó la Unidad Fiscal Especializada en Femicidios de Salta (UFEM – SALTA).
Un reciente pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, que rechazó un planteo para evitar un nuevo juicio a los acusados de matar a Lucía Pérez (asesinada en 2016 en Mar del Plata), ordenó la realización de un nuevo proceso que incluya perspectiva de género.
En su fallo, la Corte Suprema bonaerense señaló que: “El juzgar con perspectiva de género propende a garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres, la igualdad de género y una tutela judicial efectiva, evitando la reproducción de estereotipos que dan por supuesto el modo en que deben comportarse las personas en función de su sexo o género, sin perder de vista que el principio de amplia libertad probatoria que debe regir en estos procedimientos”.
También, agregó que “el empleo de estereotipos de género en el razonamiento de los jueces constituye uno de los obstáculos que impiden a las mujeres el ejercicio de su derecho de acceder a la justicia en condiciones de igualdad, y conduce a descalificar su credibilidad y a asignarles una responsabilidad tácita por los hechos denunciados”.
Por ello, se planteó que la nueva integración de las Salas de los Tribunales de Juicio de la provincia, deberán conformarse inexorablemente con al menos una jueza, con el objetivo de lograr una composición equilibrada en los operadores judiciales y garantizando la perspectiva de género.