SIGUEN PROMOVIENDO LA REVICTIMIZACIÓN

Exigen al Vaticano la derogación de los derechos canónicos

La Red de Sobrevivientes de Abusos Eclesiales trabajó durante el fin del año pasado sobre su postura en relación al comentado levantamiento del secreto pontificio que se dio a conocer desde el Vaticano en relación a los aberrantes hechos de algunos de sus miembros.

NDS |

Carlos Lombardi, representante legal de la Red de Sobrevivientes de Abuso Sexual Eclesiástico de Argentina.
Carlos Lombardi, representante legal de la Red de Sobrevivientes de Abuso Sexual Eclesiástico de Argentina.

Como se sabe, en Salta son hasta ahora siete las causas que están judicializadas y de las cuales dos de ellas están a punto de llegar a juicio.

Emilio Lamas será juzgado en mayo por los supuestos abusos en contra de dos adolescentes entre los años 1993/1994; y Agustín Rosa Torino también tiene su causa elevada a juicio en diciembres del 2019, esperando la fecha concreta cuando se levante la feria judicial.

Mientras que existen otros sacerdotes involucrados en hechos ya judicializados como Gustavo Zanchetta, José Carlos Aguilera, Nicolás Parma, Fernando Paéz, y ahora el que se conoció el lunes en contra de un cura conocido  como Josué perteneciente a la orden que dirigía Rosa Torino.

Al respecto, el abogado Carlos Lombardi, representante legal de la Red de Sobrevivientes de Abuso Sexual Eclesiástico de Argentina, señaló que “Nuestra postura como Red frente a este hecho fue expresada en el documento “Revictimizando como la Iglesia manda”, donde, además, entendemos que por cada cura abusador, existe un obispo encubridor”.

Así el letrado que representó a las víctimas del Instituto Póvolo en el juicio llevado adelante en Mendoza, cita que el  protocolo hace referencia a que el secreto pontificio es una disposición interna de la Iglesia católica, en lo que se incluyen investigaciones y procedimientos que se inician por denuncias de abuso sexual, que se aplica en 1974.

Fue elaborada por el papa Pablo VI y vigente desde el 14 de marzo de ese año. El sentido fue como dice la Instrucción: “Aparece evidente cuánto concuerda con la naturaleza de los hombres el respeto de los secretos, sobre todo por el hecho de que muchas cosas, aunque se deban tratar externamente, traen origen, sin embargo, y son meditadas en lo íntimo del corazón y solo son expuestas prudentemente después de madura reflexión”.

Destaca la red que el documento de Bergoglio, no deroga la Instrucción Secreta Continere, donde la novedad es que  se levanta el secreto respecto a las causas de abuso sexual que se ventilan en los tribunales eclesiásticos, donde no se informa a las víctimas ni a las autoridades civiles el estado de las investigaciones y procedimientos internos iniciados contra sacerdotes abusadores. Sin posibilidad para las víctimas de solicitar información personalmente, o por medio de representantes legales.

De esta manera, la Red de Sobrevivientes de Abusos Eclesiales, entiende que la posición de las víctimas es de orfandad, sujetos a la manipulación y al abuso de poder por parte de la autoridad eclesiástica. Se los obliga a introducirse en los laberintos de la impunidad clerical. Se sigue promoviendo la revictimización.

En relación a los derechos humanos y garantías de defensa en sede eclesiástica, para las víctimas, el organismo entiende que: “No están en resguardo. Las investigaciones y procedimientos canónicos siguen siendo violatorios de derechos humanos y garantías procesales. No se han derogado los cánones 1341, 1347, 1717 y 1719.

No en vano el Comité de los Derechos del Niño exhortó a la Santa Sede en 2014 a que modifique el derecho canónico, principal fuente de vulneración de derechos. La Santa Sede sigue sin entregar a los Comités de los Derechos del Niño y Contra la Tortura, los informes de avance de las Convenciones que debió presentar en septiembre de 2017 y mayo de 2018, respectivamente. Se niega a adaptar su estructura, funcionamiento y organización al derecho internacional de los derechos humanos”.

Así se vulneran los derechos en que no pueden nombrar libremente abogado defensor; constituir domicilio legal, presenciar las declaraciones testimoniales, Impugnar pericias, resoluciones; ser juzgadas por un tribunal imparcial, que se cumpla el principio jurídico universal pro homine, saber el lugar donde son trasladados los curas abusadores suspendidos preventivamente, a los efectos de prevención de otras víctimas; entre otros.

El beneficio que entienden aporta ese documenmto, llega únicamente en el reconocimiento que la Iglesia católica hace de que se ha ocultado información por siglos. Por lo tanto, quedan abiertas las puertas para reclamar por daños y perjuicios en sede civil por vulneración del derecho a la información y a conocer la verdad.

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