A partir de septiembre, Salta aplicará el nuevo Régimen de Responsabilidad Penal Minoril contenido en la Ley N° 8.097. El procedimiento especial que se instaura mediante este nuevo régimen legal, se aplicará en toda la provincia a las causas por delitos cometidos exclusivamente o con la participación de niñas, niños y adolescentes que, a la fecha de comisión del hecho, no hayan cumplido los 18 años.
El nuevo procedimiento introduce cambios significativos entre los que se destaca el rol que asumirá el defensor penal juvenil, quien podrá solicitar en cualquier momento la revisión de toda medida asegurativa del proceso impuesta a una niña, niño o adolescente.
Las medidas asegurativas del proceso son aquellas que los jueces penales juveniles pueden ordenar, por resolución fundada y a requerimiento o no del fiscal penal juvenil, siempre que hubiere peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación. Se cuenta entre ellas el alojamiento de niñas, niños y adolescentes en un instituto especializado que informará periódicamente al juez que lo disponga.
Dice la nueva normativa que siempre deberá adoptarse la medida que resulte menos gravosa para la niña, niño o adolescente y que el cumplimiento efectivo de las medidas impuestas deberá ser tenido en cuenta en la sentencia definitiva, a sus efectos.
Al respecto, Diez manifestó que "la aplicación en Salta del nuevo proceso penal juvenil viene a subsanar un tema pendiente en nuestra provincia, que es la adecuación de normas procesales aplicables a menores en conflicto con la Ley".
Dijo también que "en miras de los actores involucrados, es decir, la víctima y el autor del hecho punible y el Estado, se espera una solución sostenible en el tiempo que debe redundar en una sociedad que trabaja para una vida lo más pacífica posible".