Por ello, le impuso la pena de dos años de prisión de ejecución condicional.
Durante ese tiempo, el joven deberá fijar domicilio y someterse al cuidado del Patronato. Además, tiene prohibido acercarse a la víctima y su grupo familiar en un radio de 200 metros, a su domicilio y a los lugares a los que concurra habitualmente.
Por otra parte, Valdiviezo tiene prohibido el consumo abusivo de bebidas alcohólicas y el uso de estupefacientes.
En Capital
En esta ciudad, en tanto, la jueza Mónica Mukdsi, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio en Feria Judicial Extraordinaria, condenó ayer a Marco Fernando Gudiño a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional como autor responsable del delito de amenazas (dos hechos), coacción, violación de domicilio, lesiones leves agravadas por la relación de pareja previa y por mediar violencia de género en concurso real. Gudiño recuperó la libertad, pero tiene prohibición de acercamiento a la víctima ya sea en su domicilio o lugar de trabajo. También deberá presentarse dentro de los veinte días posteriores al levantamiento de la cuarentena, a fin de cumplir, a partir de allí y cada tres meses, para someterse al Programa de Intervención de Agresores.