IRÁ A TRATAMIENTO PSIQUIÁTRICO

El presunto asesino de la docente Sandra Palomo puede quedar libre

Transcurrido ese lapso, se realizará un nuevo estudio sobre la peligrosidad del mismo para la comunidad, cuyo resultado podría dejarlo en libertad o bajo tratamiento por otro período.

Sandra Palomo, la docente asesinada.
Sandra Palomo, la docente asesinada.

La medida fue adoptada por la jueza Penal Juvenil 1 Tatiana Dip Torres, quien dispuso medidas de seguridad respecto de L.N.C.V., quien quedará internado en el Centro de Jóvenes en Conflicto con la Ley Penal 1, donde deberá continuar bajo tratamiento psiquiátrico.

Como se sabe, el joven ya se encontraba alojado en dicha institución, aunque de manera provisoria. El mismo está sindicado como el autor del “homicidio calificado por alevosía, ensañamiento criminis causa y por mediar violencia de género en perjuicio de la docente Sandra Sylvia Palomo”, hecho ocurrido el 31 de agosto de 2019, cuando el acusado, en ese momento de 15 años, atacó a cuchilladas a la docente en el subsuelo de un supermercado de la zona norte, para luego, en la camioneta de la víctima y con  otros cuatro cómplices, arrojar el cadáver en un descampado de la zona oeste de la ciudad.

En vista de la minoridad del homicida, su defensa solicitó su sobreseimiento por inimputabilidad.

En respuesta, la jueza recordó que se encuentra vigente el Régimen de Responsabilidad Penal para niños, niñas y adolescentes de la provincia de Salta Ley 8097, el cual establece que “el  juez penal juvenil dictará el sobreseimiento y, en su caso, dispondrá las medidas de seguridad que estime corresponder”. Asimismo, señala que “las medidas de seguridad sólo procederán si dos (2) peritos psiquiatras concuerdan que la niña, niño o adolescente es peligroso para sí o para terceros.”. Por ello citó el dictamen de la junta médica que concluyó que el menor presenta indicadores de comportamientos conductuales de riesgo para sí y terceros. En razón de ello, la jueza explicó que “las medidas de seguridad constituyen la consecuencia jurídica prevista por la ley penal” aplicable para el caso.

Asimismo, recordó que la medida es revisable y que “la defensa podrá solicitar en cualquier momento la revisión”.

En tanto, la jueza dispuso que la medida de seguridad quede sujeta a su revisión en un plazo de seis meses, mientras dure el tratamiento psiquiátrico y psicológico.

 

 

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