POR 18 MESES

El IPS deberá cubrir un tratamiento a una menor con esquizofrenia

La Corte de Justicia de Salta en Feria confirmó la sentencia que ordena al Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS) que disponga la cobertura total del tratamiento para una afiliada, cuya hija padece esquizofrenia hebefrenética, encefalitis, mielitis y encéfalo mielitis.

El tratamiento es por 18 meses e incluye distintas terapias.
El tratamiento es por 18 meses e incluye distintas terapias.

La cobertura total deberá extenderse inicialmente por un plazo de 18 meses, incluyendo los tratamientos sugeridos consistentes en sesiones semanales de terapia ocupacional;  terapia ocupacional con AT;  terapia recreacional; musicoterapia, arteterapia individual, psicoterapia cognitiva, terapia familiar vincular, entrevista neurorehabilitación, teatro individual, consulta nutrición, rehabilitación cognitiva, entrevista neurológica, entrevista neuropsiquiátrica y servicio de acompañante terapéutico.

La paciente cuenta con Certificado de Discapacidad Ley 24901, con validez hasta el 21 de noviembre de 2021.
Recordaron los jueces que por el carácter operativo de las normas de la Constitución Nacional y de los tratados con rango constitucional que protegen el derecho a la vida y la salud, "la no adhesión por parte de la demandada al sistema de las Leyes 23660, 23661 y 24901 no determina que le resulte ajena la carga de adoptar las medidas razonables a su alcance para lograr la realización plena de los derechos del discapacitado a los beneficios de la seguridad social, con el alcance integral que estatuye la normativa tutelar en la materia."

"Si bien la legislación provincial habilita la conformación de un nomenclador especial establecido entre el demandado y sus prestadores, su aplicación no puede ocasionar detrimento a la cobertura integral de la salud de los afiliados", apuntaron.

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