RECHAZARON SU PLANTEO DE NULIDAD

El ex obispo de Orán Gustavo Zancheta quedó más cerca del juicio

Un fallo de los jueces de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, lo dejaron de cara al juicio oral y público por delitos sexuales. Sucede que los magistrados no hicieron lugar al planteo de nulidad presentado por el Defensor Penal 2, Enzo Gianotti, en representación del ex obispo de esa ciudad, Gustavo Oscar Zanchetta.

NDS |

El sacerdote acusado Gustavo Sanchetta pedía la nulidad de la resolución de remisión a juicio dictada por el juzgado de Garantías 2.
El sacerdote acusado Gustavo Sanchetta pedía la nulidad de la resolución de remisión a juicio dictada por el juzgado de Garantías 2.

El sacerdote pedía la nulidad de la resolución de remisión a juicio dictada por el juzgado de Garantías 2.

El tribunal advirtió en su resolución que "con la nulidad pretendida se quiere lograr hacer caer actos posteriores afectados como consecuencia de la irregularidad que menciona, y que no es así, ya que el acto consiguió cumplir con la finalidad destinada."

Zanchetta, quien es obispo emérito, se encuentra imputado por el delito de "abuso sexual simple continuado agravado por ser cometido por un ministro de culto religioso reconocido en perjuicio de G.G.F.L. y C.M.".

Los jueces dijeron que "la defensa pretende invocar afectación de normas y garantías constitucionales, solicitando la declaración de nulidad de actos que fueron consentidos por la misma, y sin planteos formales oportunos para la suspensión de plazos procesales que estuvieran corriendo en contra de su defendido hasta la efectiva compulsa de las actuaciones".

Asimismo, recordaron que no existen constancias de presentación alguna, sea en el Juzgado de Garantías 2 mientras el expediente estuvo allí, sea en el Tribunal de Juicio Sala II.

"Las garantías del debido proceso democrático y del derecho de defensa en juicio tiene en el juez de la causa a su principal "garante"; por lo tanto tiene la obligación de velar por la legalidad del proceso". Afirmaron que el juzgado tiene el deber de vigilar todos los actos; en consecuencia, cuando media alguna violación trascendente, de forma tal que se advierta un grave riesgo para la seguridad jurídica de la tramitación, corresponderá declarar, aún de oficio, la nulidad del acto, lo que no sucedió".

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