LA ABUELA LO DENUNCIÓ

Dos años de prisión por lesionar a la hija de su pareja

El sujeto, de 32 años, fue considerado autor del delito de lesiones leves agravadas por el género y se le dictó la pena de dos años de prisión condicional. El procedimiento abreviado se llevó a cabo en la Sala III del Tribunal de Juicio en Feria, presidido por la jueza interina Mónica Faber.

El juicio abreviado se llevó a cabo en la Sala III del Tribunal de Juicio en Feria.
El juicio abreviado se llevó a cabo en la Sala III del Tribunal de Juicio en Feria.

Durante dos años, el acusado deberá cumplir las siguientes reglas de conducta para conservar la modalidad de la condena dictada: fijar domicilio y someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; comenzar tratamiento psicológico para el control de sus impulsos y presentar la constancia correspondiente; mantenerse alejado de la víctima y de la denunciante en un radio de 300 metros; abstenerse de ejercer actos de violencia física o psíquica en su contra; no establecer ningún tipo de contacto, por ningún medio, con la damnificada y la denunciante, entre otras obligaciones.

Durante el juicio abreviado, el imputado reconoció su participación en los hechos denunciado y aceptó el acuerdo al que arribaron las partes. La denunciante también estuvo presente y no formuló objeción.

Coacción y amenazas

El juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Tartagal en feria, Ricardo Martoccia, condenó a Roque Marcial Mendoza (29) a la pena de tres años de prisión en suspenso por los delitos de coacción en contexto de género y lesiones agravadas por el vínculo y el género, en concurso real. Por el término de tres años, el imputado deberá fijar residencia y someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; abstenerse de ejercer actos de violencia física o psíquica en contra M. A. y de su grupo familiar; no acercarse a la M. V. R. y a todo su grupo familiar.

El juez ordenó la libertad del condenado por la modalidad de la pena dictada, con apercibimiento de revocación en caso de incumplimiento de las obligaciones enumeradas. Dispuso además que se le extraiga muestra genética al imputado para su inscripción en el banco de datos correspondiente.

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