PIDIÓ UN INFORME AL MINISTERIO DE SALUD

Desde la Corte de Justicia aclaran que ningún juez del tribunal se vacunó

La Corte de Justicia de Salta aclara y ratifica hoy que ningún juez y ni juezas que integran el tribunal recibieron la vacuna contra el COVID-19, y que tampoco se realizaron gestiones institucionales con la finalidad de obtener una vacunación anticipada.

Los integrantes de la Corte de Justicia solicitaron que el Ministerio de Salud ratifique si remitieron vacunas a Ciudad Judicial
Los integrantes de la Corte de Justicia solicitaron que el Ministerio de Salud ratifique si remitieron vacunas a Ciudad Judicial

El presidente de la Corte de Justicia Guillermo Catalano, remitió además un pedido al Ministro de Salud Pública de la Provincia Dr. Juan José Esteban Quinteros, para que informe a la Corte de Justicia si el Ministerio a su cargo remitió a esta Ciudad Judicial dosis de vacunas Sputnik V contra COVID-19, y en el caso que asi fuere, que se les indique cuál fue su destino.

Desde la cúpula del Poder Judicial se aclara que no recibió ni hizo gestiones por fuera del esquema de distribución definido por las autoridades sanitarias locales y nacionales.

Por la gravedad que significa alterar las prioridades citadas y que hacen al interés público en la emergencia sanitaria nacional y provincial actuales, es que se resolvió iniciar actuaciones administrativas cuyos resultados serán aportados a las causas judiciales en trámite, en razón del referido interés público.

Se ordenó que para tales actuaciones se recaben todos los elementos de convicción disponibles, tales como cámaras de seguridad, registros de ingresos a Ciudad Judicial y toda otra circunstancia de tiempo, lugar y modo de interés en relación a los hechos.

Sus resultados serán puestos a disposición del Fiscal Federal del Área de Casos Complejos, quien tiene a su cargo dilucidar si existieron irregularidades en la adjudicación y distribución de dosis de la vacuna Sputnik V.

Adhieren a la resolución adoptada por el COE

La Corte de Justicia adhirió, por Acordada 13302, a lo dispuesto por el Comité Operativo de Emergencia (COE) en la Resolución 3/2021 que dispuso establecer el uso exclusivo del servicio público del transporte urbano de pasajeros de colectivos de 7 a 8.30 horas para aquellas personas que utilicen las unidades para realizar actividades educativas presenciales, además del personal de salud y seguridad.

Se dispuso asimismo que por Secretaría de Superintendencia en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos se adopten las medidas necesarias en adecuación a lo resuelto por el COE.

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