PLANTEOS SOBRE CATALANO Y SAMSON

Cuestionan postulaciones de dos jueces de la Corte anunciadas por Urtubey

El Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta, FOCIS, cuestionó las postulaciones de los jueces de Corte Guillermo Catalano y Ernesto Samson, para renovar el acuerdo, tal como lo solicitó el Poder Ejecutivo.

NDS |

El juez de la corte local Guillermo Catalano. Sostienen que Urtubey busca la permanencia indefinida de los actuales miembros de la Corte de Justicia.
El juez de la corte local Guillermo Catalano. Sostienen que Urtubey busca la permanencia indefinida de los actuales miembros de la Corte de Justicia.

Una nota con los fundamentos fue elevada al ministro Gobierno, Marcelo López Arias, por ser el organismo que atiende el trámite correspondiente, con las firmas de Alejandro Saravia, Luis García Vidal, José Armando Caro Figueroa, Osvaldo Camisar, Óscar Rocha Alfaro, Ramiro Caro Figuero, Sonia Escudero y María Silvia de la Zerda.

“De conformidad a lo establecido en el art. 6° del Decreto 617 y dentro del plazo fijado por esta norma, venimos a formular observaciones y alegar circunstancias que estimamos de interés respecto de la postulación de Guillermo Catalano y Ernesto Samson, como jueces de la Corte de Justicia de Salta anunciada por el Gobernador de la Provincia”.

En el caso de Catalano se refieren a los “vínculos con la política partidista” y recuerdan que fue apoderado del Partido Justicialista de Salta hasta el momento mismo de ser designado Juez de la Corte de Justicia. Su relevante actuación en el campo de la política partidista contrasta con los antecedentes que hasta ese momento ostentaba en el campo de las ciencias jurídicas”. 

“Lo que permite suponer que tanto en su primera postulación como en esta que ahora observamos, pesaron más sus vínculos con la política partidista que los elementos que construyen un perfil de juez imparcial y dotado de cualidades que lo destacan en el mundo de lo jurídico”.

También ser refieren a su “irregular actuación del postulado en las tentativas de reformar la Constitución por sentencia de la Corte de Justicia de Salta. Al intervenir en el trámite de sendas Acciones Populares de Inconstitucionalidad  a través de las cuales la Asociación de Jueces del Poder Judicial de Salta y un ex Juez pretendían se reformara un artículo de nuestra Ley Fundamental mediante sentencia, Guillermo Catalano incurrió en abierta infracción a las normas jurídicas aplicables. Así lo puso de manifiesto el FOCIS al solicitar su Juicio Político”.

También se refieren al “dictado ilegal de una providencia también ilegal porque una cláusula de la Constitución no puede ser anticonstitucional”.

“La Corte de Justicia, de la que era titular el postulado, no podía en modo alguno declarar inconstitucional un artículo de la Constitución, por la sencilla y contundente razón de que, el alto tribunal -habilitado para pronunciarse sobre la constitucionalidad de ‘leyes, decretos, ordenanzas, reglamentos o resoluciones’- carencia de competencia para juzgar la constitucionalidad de la propia Carta Magna local”.

A modo de resumen 

“De lo dicho en los puntos anteriores se desprende que el doctor Catalano, en su carácter de presidente de la CJS, intervino en los dos expedientes citados imponiendo criterios al margen de la normativa aplicable. Sus actos y omisiones procesales, en todos y cada uno de los escritos presentados por el FOCIS, revelan parcialidad, falta de transparencia y discrecionalidad manifiesta”.

“Siendo que las acciones populares de inconstitucionalidad a las que venimos refiriéndonos fueron el epílogo de reiteradas tentativas del gobernador de la Provincia por consagrar por vías extraordinarias la permanencia indefinida de los actuales miembros de la Corte de Justicia, existen claros indicios de sujeción de las acciones instauradas a los dictados de la política de partido, lo cual constituye elemento suficiente para descalificar postulación”.

El FOCIS también cuestionó que “el Gobernador arbitró un intercambio de funciones, postulando -sin esperar las respectivas vacancias- como candidatos a ocupar los cargos de Juez de la Corte de Justicia y de Procurador General a dos magistrados que hasta ese momento ocupaban los cargos intercambiados. Este caso se conoció en la opinión pública como enroque institucional.

Tal intercambio de funcionarios entre la Procuración General y una vocalía de la CJS fue, ciertamente, una maniobra dictada sólo por intereses políticos que el Gobernador, con el aval de los concernidos, decidió ejecutar muy cerca del fin de su mandato.

Esta caracterización como acto irregular ha sido detallada en la acción popular de inconstitucionalidad que el FOCIS dedujo contra la maniobra y su expresión jurídico-administrativa.” 

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