A 23 AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA

Confirman la condena de Mario Condorí por el crimen contra Cintia Fernández

Los jueces de la Sala II del Tribunal de Impugnación, Rubén Arias Nallar, Pablo Mariño y Guillermo Polliotto, rechazaron un recurso de casación interpuesto por la defensa de Mario Federico Condorí, confirmando así la sentencia dictada en su contra.

Cintia Fernández y, al lado, su asesino, Mario Federico Condorí.
Cintia Fernández y, al lado, su asesino, Mario Federico Condorí.

Mario Federico Condorí fue condenado en junio de 2019 a 23 años de prisión efectiva, por ser autor responsable del delito de homicidio en perjuicio de Cintia Fernández. En la sentencia, los jueces de la Sala IV del Tribunal de Juicio habían hecho lugar a la demanda civil y condenaron a Condorí a pagar a la madre de la víctima, la suma de 6 millones de pesos más los intereses correspondientes, en concepto de reparación integral del daño causado por el delito.

Tras la apelación por parte de la defensa de Condorí, los jueces de alzada dijeron que la sentencia cuestionada se encuentra correctamente fundamentada, tanto en las testimoniales escuchadas durante la audiencia, como en las pruebas que fueron incorporadas.

Los jueces confirmaron que, según lo establecido el tribunal de juicio, el 27 de abril de 2011, Condorí llegó al domicilio de Cintia Fernández, en su motocicleta, y fue ella misma quien le permitió el ingreso. Luego, y tras una discusión, el acusado agredió a Cintia, a quien le aplicó varios golpes violentos que le ocasionaron las lesiones que luego fueron constatadas, sumado a la inferioridad física de Cintia respecto al acusado, “la pusieron en un claro estado de indefensión”.

Dijeron los jueces de alzada que dentro de un “evidente marco de complejidad probatoria, causado no tanto por la complejidad del hecho investigado, sino por la imprudencia señalada, se logró de todos modos, recabar datos esenciales y recibir testimonios de importancia, luego escuchados en el debate, que convergen en una única dirección, la responsabilidad penal de Mario Federico Condorí”.  

Agregaron que la certeza necesaria para condenar no debe carecer de   pruebas en contra, pues la viabilidad de un pronunciamiento “requiere de un convencimiento razonablemente alcanzado”.

Finalmente, tuvieron por cierto que el hecho ocurrió y que el acusado es responsable del mismo, también la pena concretamente impuesta aparece como proporcionada al hecho juzgado y al reproche penal que cabe hacérsele por su ejecución.

 

 

 

Compartí esta noticia!

VER MÁS

Deportes


VER MÁS

Salta


VER MÁS

El País


VER MÁS

Judiciales


VER MÁS

Provinciales


VER MÁS

Te puede interesar


VER MÁS

Cultura y Espectáculos


VER MÁS

Política


VER MÁS

Seguridad


VER MÁS

Mundo


VER MÁS

Economía


VER MÁS

Tendencias


Más de Judiciales

ÚLTIMAS NOTICIAS