El hecho juzgado ocurrió en Orán el 14 de mayo de 2017, cuando el denunciante, de 26 años caminaba junto a su pareja y fue increpado por un grupo de personas. Al no contestar los insultos, la víctima recibió un golpe en la cabeza con una piedra, propinado por el acusado desde atras.
Por el término de dos años, Serapio deberá fijar domicilio e informar cualquier cambio; no consumir drogas ni cometer nuevo delitos; no mantener contacto con el denunciante y su familia y no ejercer actos de violencia en contra de la víctima.
En caso de incumplimiento de alguna de las medidas de manera injustificada, podría dejarse sin efecto la condicionalidad de la pena, que podría pasar a ser de cumplimiento efectivo.
El acuerdo de la pena fue presentado por las partes, y el acusado aceptó la participación en el hecho. En el mismo fallo, el hombre fue absuelto del delito de amenazas por no haberse formulado acusación fiscal en su contra.
El juez dispuso además, la extracción de material genético del imputado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos; y la toma de muestra fotográfica al penado de acuerdo a la Acordada 12641, protocolo de actuación judicial.