El fallo fue emitido por la jueza en feria de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, María Laura Toledo Zamora.
El 12 de diciembre de 2016 en Pichanal, la madre de la víctima de 14 años denunció la de-saparición de su hija. La ubicaron a los pocos días en Palmasola, Jujuy, en compañía del acusado.
La mujer volvió a radicar denuncia el 22 de marzo de 2017, cuando la joven no regresó del colegio. Ubicaron a ambos el 23 de mayo de ese mismo año en la ciudad de Termas de Río Hondo, en Santiago del Estero.
Durante la audiencia, la jueza hizo conocer al acusado el alcance del juicio abreviado; el hombre reconoció que cometió los hechos que se le imputaron y aceptó el acuerdo presentado. Por su parte, el padre de la menor también hizo saber su conformidad con la sanción impuesta.
A los fines de mantener la condicionalidad de la pena impuesta, Ortiz por dos años no podrá acercarse a la menor, víctima ni a su grupo familiar; fijar residencia y comunicar al Tribunal cualquier cambio de domicilio; someterse al cuidado de un patronato; no cometer nuevos delitos y abstenerse de concurrir a lugares donde se consume estupefacientes o bebidas alcohólicas.
También dispuso la extracción de material genético del condenado para que sea incorporado al Banco de Datos Genéticos.
La causa fue elevada a juicio en octubre pasado, el acusado se encontraba con prisión preventiva.