SE CONOCE LA LETRA CHICA

Salió el DNU: congelan los alquileres y suspenden desalojos

En el marco de la serie de medidas económicas para paliar el efecto del coronavirus en la coyuntura local, el Gobierno dio a conocer la letra chica del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que se publicó ayer domingo, destinado a contener la situación de inquilinos.

El congelamiento "es beneficioso porque le va a dar un poco de aliento a los inquilinos", en el marco de la pandemia. 
El congelamiento "es beneficioso porque le va a dar un poco de aliento a los inquilinos", en el marco de la pandemia. 

Según el texto, hasta el 30 de septiembre de este año rigen las siguientes medidas: La medida del Gobierno nacional regirá por seis meses.

• Se suspenden los   desalojos por falta de pago.
• Se prorroga la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria.
• Se congelan los precios de los alquileres al valor de marzo.
• La deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se abonará en 3 cuotas mensuales sin intereses, a pagar desde octubre.
• Las deudas que se produzcan por falta de pago, se pagarán a partir de octubre en 3 cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades.
• Se exceptuará a aquel locador que acredite que depende del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente.
• Se establece mediación obligatoria, previo a acudir a la Justicia, por controversias entre las partes.

La iniciativa oficial alcanza a: inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares; inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias; inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión; inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modificatorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).

Según las inmobiliarias, "estas soluciones van a ser transitorias". El congelamiento "es beneficioso porque le va a dar un poco de aliento a los inquilinos, que en este momento están bajo una presión terrible, con un salario y alquileres que se les están escapando de la realidad". Se admitió que las consecuencias de las medidas tomadas en el marco de la pandemia pueden generar dificultades. 

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