A través de la resolución A 7107, el Banco Central estableció que las entidades financieras no pueden cobrar cargos ni comisiones por operaciones efectuadas en cajeros habilitados y operados por ellas en el país. Asimismo, el BCRA agregó que (ésta suspensión irá) más allá del importe o de la cantidad de extracciones, sea el usuario cliente o no de la entidad». Vale decir que esta medida ya se prorrogó en dos oportunidades.
En este sentido, el Banco Central, a cargo de Miguel Pesce, afirmó que continúa vigente la disposición que establece que las entidades deben permitir montos de extracción por cajero automático como mínimo de 15.000 pesos». Esto incluye a las extracciones realizadas tanto por personas humanas como jurídicas», remarcó la autoridad monetaria en un comunicado dado a conocer esta tarde.
¿Intereses punitorios? Nueva prórroga
Se decidió prolongar hasta el 31 de diciembre el período en el que las entidades no pueden cargar intereses punitorios sobre los montos no pagados de créditos concedidos, afirmó la entidad monetaria en la misma resolución dada a conocer durante la tarde. El BCRA dispuso que se tratan de los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras, cuyas cuotas vencen entre el primero de abril y el 31 de diciembre.
Se ratifica que las cuotas impagas deberán incorporarse en los meses siguientes al final de vida del crédito, considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio, afirmó la autoridad monetaria. Desde el Banco Central de la República Argentina se aclaró que esta medida no incluye las financiaciones con tarjetas de crédito.
Éstas van a continuar como lo venían haciendo.