La decisión fue adoptada, por mayoría, por el tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1° turno de Montevideo y será apelado ante una instancia superior por el abogado defensor de Rodríguez Simón, el exfiscal uruguayo Jorge Díaz, según pudo saber Télam de fuentes que destacaron que, como la negativa aún no está firme, todavía no se puede activar un juicio de extradición.
"Al momento, se coincide con la primera instancia y la CORE (Comisión de Refugiados), que de los dichos del apelante y la prueba documental incorporada -que incluye múltiples consultas y reportajes de la llamada prensa independiente- no se desprende que el Poder Judicial de su país lo persigue y/o no le brinda garantías mínimas para defenderse", sostuvieron los jueces que rechazaron el planteo.
El voto de la mayoría está firmado por los jueces Alberto Reyes Oehninger y Sergio Torres Collazo, mientras que la discordancia corresponde a la magistrada Graciela Gatti Santana, según surge del fallo de 41 páginas al que tuvo acceso Télam y que fue firmado en junio pasado.
Con esta resolución, el tribunal de apelaciones confirmó el fallo firmado el 23 de diciembre último por la jueza uruguaya en lo Penal Especializado de Crimen Organizado de 1º Turno, Adriana Chamsarián, quien rechazó el planteo de Rodríguez Simón que busca que se le otorgue refugio político.
La jueza de primera instancia se había apoyado en el dictamen de la Comisión de Refugiados en la que se señalaba no había elementos para considerar que Rodríguez Simón fuera un perseguido político sino que, por el contrario, podía evidenciarse que el la Argentina gozó de todas las garantías del debido proceso.
El exasesor de Macri permanece en suelo uruguayo desde el 8 de diciembre del 2020 y la jueza María Romilda Servini lo declaró en rebeldía el 19 de mayo del 2021,
Absolución
La Unidad de Información Financiera (UIF) anticipó que pedirá la absolución de todos los acusados en el juicio por supuestas irregularidades con la obra pública en Santa Cruz entre 2003 y 2015, al argumentar que no hay "certeza suficiente" para afirmar la existencia de sobreprecios y asociación ilícita. "Esta querella entiende que no existe la posibilidad de sobreprecios y sería irresponsable avanzar en una acusación", sostuvo en el alegato el abogado de la UIF Leandro Ventura, con lo cual descartó que corresponda encuadrar a los investigados bajo los delitos de administración fraudulenta y asociación ilícita.
El alegato del representante de la UIF fue seguido por la Vicepresidenta a través de la plataforma Zoom.