LOGRÓ EL AVAL DE DIPUTADOS

Marisa Graham será la nueva Defensora del Niño de la Nación

Tras 14 años de mora, Diputados avanzó sobre la designación de Marisa Graham como primer Defensor de Niñas, Niños y Adolescentes. El cargo está vacante desde su creación en 2005. Aún falta el aval de la Cámara de Senadores.

Maria Graham tiene una extensa trayectoria en el campo de los Derechos Humanos, su designación tiene media sanción.
Maria Graham tiene una extensa trayectoria en el campo de los Derechos Humanos, su designación tiene media sanción.

El cargo fue creado a través de la Ley Nº 26.061. En la sesión de ayer miércoles, la Cámara de Diputados avaló -a mano alzada- la designación de la abogada y exfuncionaria Marisa Graham. La designada tiene una extensa trayectoria en el campo de los Derechos Humanos y estuvo al frente de la Secretaría Nacional de la Niñez Adolescencia y Familia hasta el año 2015.

La postulación de Graham fue resistida por grupos "provida", debido a que la abogada es una reconocida activista a favor de la legalización del aborto. En este contexto, la agrupación Abogados por la Vida, difundió una petición a través de una plataforma virtual, en la cual pedía "la designación de un Defensor del Niño que defienda a todos los niños, nacidos y por nacer".

Asimismo, fueron respaldados los defensores adjuntos, los abogados Facundo Hernández y Fabián Repetto. La terna, seleccionada por unanimidad en la bicameral que estuvo a cargo del proceso de selección, deberá ahora ser votada en el Senado, también por mayoría simple.

Si bien la ley no exige que el nombramiento sea aprobado en los recintos, así lo decidieron los distintos bloques en pos de darle una mayor legitimidad al proceso que, anteriormente, ya tuvo un concurso público que fue ejemplar en su realización.

Funciones

Según la Ley Nº 26.061, el Defensor de Niñas, Niños y Adolescentes debe “Promover las acciones para la protección de los intereses difusos o colectivos relativos a las niñas, niños y adolescentes” e “Interponer acciones para la protección” de sus derechos “en cualquier juicio, instancia o tribunal”.

También, “Velar por el efectivo respeto a los derechos y garantías legales asegurados a las niñas, niños y adolescentes, promoviendo las medidas judiciales y extrajudiciales del caso” e “indicar acciones con miras a la aplicación de las sanciones por infracciones cometidas contra las normas de protección de las niñas, niños y adolescentes, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal del infractor, si corresponde”.

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