Horas antes de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declarara al coronavirus como pandemia, el presidente Alberto Fernández anunció que la cuarentena de 14 días para las personas que vienen de países donde hay transmisión activa del virus será obligatoria.
Hoy se conocerá el Decreto de Necesidad y Urgencia que establece penas de prisión para quienes violen el aislamiento obligatorio. La secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra, explicó anoche en C5N que el que no cumpla con las restricciones será denunciado penalmente y se le podrán aplicar penas de quince días a 2 años de prisión por contribuir a expandir la epidemia.
"La persona que quebrante la cuarentena será perseguida por la autoridad policial o sanitaria que lo advierta y estará obligada a denunciarlo", advirtió el presidente por el mismo canal.
El verdadero objetivo del DNU es alertar a aquellos extranjeros que planean llegar a la Argentina desde las zonas afectadas para que finalmente no vengan, porque en caso de entrar al país deberán cumplir obligatoriamente con la cuarentena dispuesta por el Gobierno. En los casos de China, Irán y Corea del Sur directamente no se les otorgará la visa a quienes la soliciten para viajar a la Argentina.
Además, habilita al Ministerio de Salud a convocar a proveedores del Estado a realizar compras fuera de los plazos previstos por la ley de Contrataciones y sin necesidad de licitación previa.
El texto, que se publicaría el jueves por la tarde porque son necesarias las firmas de todos los ministros, sostiene que, en razón de la defensa de la salud pública, todo aquel que violara la cuarentena podrá ser denunciado ante la Justicia por violación de los artículos 205 y 239 del Código Penal que hablan de la preservación de la Salud pública.
El 205 establece: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o porpagación de una epidemia”.
Y el 239 dice: “Será reprimido con prisión de quince días a un año el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal".
Se van a establecer tres categorías para el control de los que lleguen. La primera es “el caso probado”, en el cual la persona evidencia los síntomas, se corrobora que está contagiado e inmediatamente queda en cuarenta. El segundo es “el caso probable” que incluye a aquellos que tengan indicios como fiebre o tos. Y el tercero es el “contacto cercano” para quienes, por ejemplo, hayan venido desde un avión de Italia.
El decreto también incluirá una campaña de educación y conscientización. Como parte de esto, se permitirán poner carpas de salud móviles. Además, el Ministerio de Salud, en coordinación con Economía, va a poder establecer precios máximos para barbijos, alcohol en gel y cualquier otro insumo que sirva para prevenir el coronavirus.
Los principales lineamientos están basados en recomendaciones de la OMS. Será la cartera sanitaria la que irá determinando qué países se incluyen dentro de los críticos a medida que va pasando la crisis.