HECHOS SUCEDIDOS EN FLAGRANCIA

En Neuquén las multas del aislamiento van a los hospitales

En este contexto, el hospital público de Neuquén recibió 500 mil pesos de las multas que cobró la Fiscalía Federal N°1 de aquella Provincia.

Consideran que se produce una adecuada relación entre la reparación y el bien jurídico protegido por la norma vulnerada.
Consideran que se produce una adecuada relación entre la reparación y el bien jurídico protegido por la norma vulnerada.

Fueron 15 causas en las que las y los infractores destinaron dinero a la cooperadora del nosocomio y a asociaciones que trabajan con mujeres y niños en situación de vulnerabilidad, como parte de las reglas de conducta fijadas y acordadas con sus respectivas defensas en el marco de suspensiones de juicio a prueba por un año, que fueron homologados por el juzgado federal interviniente.

El representante del Ministerio Público Fiscal, que actúa junto a la auxiliar fiscal Mariana Querejeta, entendió en todos los casos que de esa forma se produce una adecuada relación entre la reparación y el bien jurídico protegido por la norma vulnerada, es decir la salud pública.

De ese modo, consideraron desde la fiscalía, no se recarga al sistema de administración de justicia y los recursos pueden ser destinados a seguir investigando otro tipo de delitos; para las personas infractoras no se genera un antecedente penal porque, de cumplir con lo acordado, se les extingue la acción penal; el MPF y el Ministerio Público de la Defensa solucionan el conflicto con paz social y el sistema de salud y entidades de bien público son beneficiarios en el contexto de crisis sanitaria.

En esa línea, se destacó que las causas finalizan con celeridad; algunas, incluso, culminan en menos de 48 horas.

Como los hechos suelen ser cometidos a bordo de vehículos, en caso de estar secuestrados se entregan a sus dueños como depositarios provisorios hasta que culmine el año de probation y cumplan con todas las condiciones impuestas, que también incluyen la no comisión de nuevos delitos, mantener el domicilio constituido y respetar las normas que dicten los poderes públicos para evitar la propagación de la pandemia.

Palazzani señaló que se trata de hechos sucedidos en flagrancia, cuyas actuaciones en el Código Procesal Penal, se permite que el fiscal sea quien informe al imputado el hecho que se le atribuye (art. 353 quater) y también habilita a soluciones alternativas.

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