CASINOS, CINE Y TEATRO SIGUEN PROHIBIDAS

Reabren iglesias, parques shopping, museos y bibliotecas

Con la premisa del distanciamiento social, en detalles las áreas exceptuadas habilitadas son: bibliotecas, museos, shopping o centros comerciales, celebraciones religiosas, plazas, parques, restaurantes y bares. Siguen prohibidas el Cine, Casinos, Teatros.

NDS |

Varias actividades fueron exceptuadas en esta nueva etapa de distanciamiento social, donde se remarcó es fundamental la responsabilidad individual.
Varias actividades fueron exceptuadas en esta nueva etapa de distanciamiento social, donde se remarcó es fundamental la responsabilidad individual.

El ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, Ricardo Villada y el secretario General de la Gobernación, Matías Posadas, dieron detalles de la nueva etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, y se refirieron también a las capacidades en lugares cerrados, deporte y medidas para repatriados.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (520/2020) de la Nación establece para las zonas alcanzadas por esta nueva fase, la posibilidad de realizar actividades deportivas, artísticas y sociales que no impliquen una concurrencia superior a 10 personas.

El Ministerio de Turismo y Deportes ya está trabajando en los respectivos protocolos para dar inicio a las actividades de turismo interno, gimnasios y parques urbanos. De igual manera, lo está haciendo la Secretaría de Cultura, para la apertura de museos, bibliotecas y salones de danzas.

Posadas aclaró que los locales gastronómicos podrán funcionar hasta las 24 horas todos los días, mientras que las reuniones sociales y familiares, solamente viernes, sábados, domingos, feriados y vísperas de feriados. En esta nueva etapa, además se habilitan también celebraciones religiosas hasta horas 20.

Villada manifestó que ”pasamos de la etapa del aislamiento a la de distanciamiento social, preventivo y obligatorio establecido a través del decreto nacional Nº 520, que expresa este nuevo esquema de funcionamiento".

Sostuvo que esta etapa de distanciamiento social preventivo y obligatorio, sigue estableciendo limitaciones a la circulación, es decir: "no se puede circular entre municipios si no se tiene la autorización correspondiente. También establece que serán las provincias, las que limitarán el horario en que se pueda dar este tipo de circulación en relación a las actividades económicas”.

El decreto de necesidad y urgencia establece que las actividades se van a poder hacer siempre y cuando exista un protocolo que haya sido aprobado por la autoridad sanitaria provincial. 

Solo hasta 50% de capacidad

Villada dijo además que “todas las actividades, ya sean industriales, comerciales o de servicios, cuando se realicen en lugares cerrados se van a poder hacer al 50% de la capacidad; lo mismo en lo que se refiere a las actividades de carácter deportivo y social”.

También anunció que quedan habilitadas las actividades que se realizan en las bibliotecas, en los museos, centros comerciales, plazas, parques, restaurantes, bares. En ese marco, algunas de ellas, la Provincia ya las tiene habilitadas y otras se van  a consensuar, con los responsables, los protocolos correspondientes. 

“Continúa prohibida la circulación para lo que se denominan casos sospechosos, también obviamente, para los casos confirmados y para aquellas personas que retornen de otras provincias, quienes deberán cumplir con el aislamiento de 14 días”, expresó el ministro Villada.

Ambos instaron a la sociedad a continuar con los cuidados, “a seguir con la utilización de los barbijos y/o tapabocas, como así también, con las medidas de seguridad de las actividades exceptuadas. No hay que bajar la guardia, entre todos nos tenemos que cuidar”, concluyeron.

Actividades que continúan prohibidas

La Resolución N° 35 del Comité Operativo de Emergencia Provincial, conforme al DNU Nacional, establece que continúan en fase de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio las siguientes prohibiciones:

-  Dictado de clases presenciales en todos sus niveles

-  Eventos públicos y privados que impliquen concurrencia y/o aglomeración de más de 10 personas

-  Cine, Casinos, Teatros.

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