Al consultar a la Secretaría de Medio Ambiente de la Municipalidad, autoridad de aplicación de la normativa, el subsecretario de Políticas Ambientales, Benjamín Cruz, manifestó a Nuevo Diario que el alcance es sólo para hipermercados, supermercados y para autoservicios, y que estas categorías no alcanzan a esta cadena de farmaceútica.
En tanto el abogado especialista en derechos del consumidor Daniel Paganetti, advirtió que para el caso esta cadena de farmacias si encuadra en el rubro de "autoservicios", por lo cual si se trata de un incumplimiento a la ordenanza.
La Ordenanza 15.222 establece que los establecimientos comerciales en los rubros hipermercados, supermercados y autoservicios están obligados a entregar al público bolsas plásticas, sin costo alguno, siendo estas las que cumplan con la norma IRAM 13610.
Paganetti agregó que si bien Medio Ambiente Municipal es la autoridad de aplicación, y este caso también debe denunciarse ante Defensa del Consumidor, porque se trata de un claro destrato a los consumidores la negativa de entregar bolsas.