MURIÓ DENTRO DE UNA MOCHILA

Se atenuó la condena contra la madre que abandonó a su beba

La Sala II del Tribunal de Impugnación en Feria atenuó la condena que pesaba en contra de la madre que abandonó a su beba recien nacida en una mochila.

La beba apareció muerta en 2016 dentro de una mochila en este sector de la ciudad de Cafayate.
La beba apareció muerta en 2016 dentro de una mochila en este sector de la ciudad de Cafayate.

El fallo llegó al tribunal a través de un recurso de casación presentado por  el Ministerio Público Fiscal e hizo lugar parcialmente a idéntico recurso de la defensa de Micaela Yanina Gutiérrez, modificando la pena impuesta por los jueces que juzgaron su conducta, por la de diez años de prisión.

La Sala IV del Tribunal de Juicio tuvo por probado el hecho por el que se juzgó y condenó a Gutiérrez a quince años de prisión efectiva.

Este tribunal la encontró responsable  del delito de “homicidio calificado por el vinculo, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación” en virtud de lo dispuesto por el artículo 80 inciso 1 en función del último párrafo del Código Penal. 

Por su parte, la Fiscalía al momento de los alegatos abogó por la prisión perpetua, mientras que su defensor, solicitó que se revoque la sentencia.

Abandono y muerte

En Cafayate, en julio de 2016, Gutiérrez dio a luz a su bebé en el baño de la vivienda que habitaba. En soledad, cortó el cordón umbilical con sus manos y, sin brindarle ningún tipo de atención ni procurarla a través de terceros, lo colocó en una mochila, lo que produjo la muerte de la beba recién nacida. 

Al día siguiente lo arrojó en un cañaveral cercano a su casa, donde fue hallado por un perro, que arrastró el cuerpo y fue visto por unos vecinos. La autopsia determinó que el niño nació con vida.

En la causa, se presentó el Observatorio de Violencia contra las Mujeres de Salta, interviniendo como “amicus curiae”.
La Sala II del Tribunal de Impugnación en Feria estuvo integrada en el caso por los jueces Guillermo Polliotto y Pablo Arancibia.

“Por cierto que el hecho ocurrió tal como lo tuvo por probado el Tribunal y fue admitido por la propia acusada Micaela Yanina Gutiérrez en sus respectivas intervenciones”, apuntaron los jueces. También en los fundamentos se sostiene que la joven comprende la criminalidad. Gutiérrez manifestó haber creído que el niño nació muerto, pero los estudios realizados determinaron que el nacimiento se produjo con vida. 

“No existen dudas que el fallecimiento del niño se produjo como consecuencia de la conducta de la acusada”, citaron los jueces apuntando que el “propósito homicida de la acusada resulta innegable”.

Tras limpiar el baño la mujer se acostó a dormir. Tras análisis los jueces modificaron la pena y dispusieron que sea de diez años de prisión efectiva. 

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