Los referidos encuadrados con la Ley Penal (CAJ) N° 1 (ex Comisaría del Menor) del barrio Castañares y del Hogar Nuestra Señora del Tránsito.
El planteo, presentado la semana pasada por el abogado Eduardo José Ignacio Lazarte, sostiene que los alojados en estas dependencias prácticamente no reciben visita de los defensores oficiales, y no cuentan con recursos para costearse un abogado particular, por lo que se vulnera su derecho de defensa.
“Nos encontramos con menores privados de libertad por causas penales, que llevan tiempo prolongado de encierro, literalmente en absoluta situación de incertidumbre respecto del estado de sus causas y sus futuros procesales, (uno de ellos lleva más de 1 año y medio privado de libertad sin haber llegado a juicio) y sin visitas regulares por parte de los defensores oficiales”, sostuvo el letrado.
Lazarte requirió al juez que haga lugar al hábeas corpus con la urgencia que amerita esta situación y “determine mecanismos que eviten que lo aquí expuesto se reitere en el futuro en protección de las garantías y derechos vulnerados”.
Le pidió que “declare y disponga la obligatoriedad de la visita de los defensores oficiales de menores a los centros de mención a efectos de tomar conocimiento de sus defendidos, las condiciones en que se cumplen las detenciones y demás circunstancias que hagan a su especial condición de menores privados de libertad”.
Asimismo, le pidió que “ordene que se adecue la normativa provincial en materia penal juvenil a los estándares internacionales de derechos del niño y a la ley nacional 26061” y que en esa adecuación “se incluya expresamente la obligación de visita y asistencia técnica de los defensores oficiales penales de menores a los niños, niñas y adolescentes que se encuentren privados de libertad por causas penales en los centros aquí mencionados”.
Lazarte explicó que la obligatoriedad de la visita por parte de los defensores oficiales a los centros de menores “no se encuentra prevista como tal en la Ley Orgánica del Ministerio Público” y esto les sirve como justificativo.
El CAJ 1 viene siendo centro de atención pública debido a la censura a la radio.
Una jueza prohibitiva
La jueza de Menores N° 2 de Salta, Sylvia Bustos Rallé, prohibió que los niños, niñas y adolecentes a su cargo alojados en el CAJ N° 1 asistan al taller de radio de la emisora que funciona en sus dependencias.
Desde mayo pasado la jueza viene exigiendo informes sobre la visita de integrantes de la Asociación Pensamiento Penal (APP) a la radio, que concurrieron en el marco de un proyecto de articulación con la provincia. La jueza también prohibió que los talleres sean dictados por algunos operadores del CAJ, y prohibió expresamente actividades con la APP y luego terminó ordenando que los internos a su cargo participen de las actividades vinculadas a la radio FM De Adentro, inaugurada en 2014.