DETENCIÓN DE SUS TRABAJADORES

La Corte Suprema ordena que Levín siga investigado

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la competencia de la justicia federal en la causa en la que ex trabajadores de la empresa La Veloz del Norte piden que se investigue al empresario Marcos Jacobo Levín por las detenciones ilegales, presiones y maltratos que sufrieron a principios de 1977, en plena dictadura cívico-militar.

Marcos Jacobo Levín seguirá siendo investigado por las detenciones ilegales de sus trabajadores en la causa de Víctor Cobos.
Marcos Jacobo Levín seguirá siendo investigado por las detenciones ilegales de sus trabajadores en la causa de Víctor Cobos.

Esta causa está vinculada a la del ex trabajador de La Veloz Víctor Cobos (que está en apelación en la Corte Suprema), por una detención irregular y torturas que padeció en la Comisaría 4º de esta ciudad, donde funcionó un centro clandestino de detención.

Además de Cobos, entonces fueron detenidos, por una denuncia de fraude de Levín, los ahora ex trabajadores Ciriaco Justiniano, Juan Alberto Alonso, Miguel Ángel Rodríguez, Manuel Eugenio Modad, Carlos  Aponto, Sonia Rey, Jorge Arturo Romero, Aurelio Rada, Sebastián Lindor Gallará, Oscar Horacio Espeche, Carlos Horacio Pereyra, Jorge Francisco Delaloye, Emilio y Norberto Bórquez y Rubén Héctor Vrh.

El juez instructor consideró que solo lo relativo a Cobos, que era delegado gremial, constituía delito de lesa humanidad (y por lo tanto es imprescriptible), pero no los hechos cometidos en perjuicio de los otros trabajadores. 

Esa decisión fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta y la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal. La causa llegó a la Corte Suprema por apelación de la Fiscalía. 

Los trabajadores denunciaron haber sido torturados en la Comisaría Cuarta para que firmaran “confesiones” del fraude denunciado por Levín.

Además, algunos detenidos afirman haber sido interrogados por su actividad política y gremial, por la identidad de quienes asistían a las reuniones gremiales y por su pertenencia individual, o la de sus conocidos, a la agrupación Montoneros.

Lesa humanidad 

En el acuerdo de ayer, el máximo tribunal de la Nación declaró competente a la justicia federal de la provincia de Salta para continuar entendiendo en la investigación por los delitos de privación ilegítima de libertad y torturas que habría sufrido este grupo de trabajadores durante la última dictadura, por denuncias de Levín, que entonces era el propietario de la empresa de transporte interurbano de pasajeros La Veloz del Norte. 

De esta manera la Corte Suprema  hizo lugar a un recurso del ministerio público fiscal contra el pronunciamiento de la Sala III de Casación Penal. 

Para decidir de tal manera la Corte consideró que la Sala III había descartado, en forma indebida, enmarcar provisionalmente los hechos investigados dentro de la categoría de crímenes de lesa humanidad y, en cambio,  “incorrectamente” había entendido que se trataba de “meros actos aislados de grave violencia institucional cometidos durante la última dictadura militar, pero no vinculados al terrorismo de estado”, sin tener en cuenta que bajo el terrorismo estatal bastaba un motivo mínimo (como una denuncia por un delito común) para perseguir a objetivos de la represión.

Los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda sostuvieron que lo decisivo es que “la política del terrorismo de estado motivó un ataque sistemático que incluyó toda clase de violaciones a los derechos fundamentales de quienes estaban vinculados a actividades políticas, sindicales y gremiales -en razón de que eran visualizados como oponentes y, por tanto, blancos del régimen-”.

Sobre este caso en particular resaltaron que “algunas víctimas refirieron haber sido torturadas para obtener información relativa a su vinculación y la de sus conocidos con estas actividades” por lo que “no puede sino concluirse que estos hechos podrían constituir, de acreditarse su comisión en los términos denunciados, concretos actos ejecutivos del ataque desplegado por el último gobierno militar conforme a su particular política represiva”.

Por lo que declaró que, dados los propios estándares dados por el máximo tribunal del país y que no se pudo descartar que no se trate de crímenes contra la humanidad, “corresponde declarar la competencia del fuero federal”. 

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