Así lo determinó el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, encabezado por el presidente de la Corte de Justicia Guillermo Catalano, que dio a conocer la resolución del órgano para allanar la inmunidad constitucional del juez de la Sala VII del Tribunal de Juicio, Federico Diez.
Además, se difirió el pronunciamiento respecto de la suspensión de funciones y del embargo de sus haberes hasta tanto el Tribunal de Impugnación resuelva los recursos deducidos por la defensa del mismo. La jueza de la Sala I del Tribunal de Impugnación deberá notificar al Jurado la decisión que adopte.
De la reunión participaron además la Fiscal de Estado Mónica Lionetto; el senador Jorge Pablo Soto (PJ), designado por la mayoría de la Cámara de Senadores; María Silvina Abilés (PV), designada por la primera minoría de la Cámara de Senadores; la diputada Matilde Balduzzi (PJ), designada por la mayoría de la Cámara de Diputados; y los abogados Guillermo López Mirau (designado por la Cámara de Senadores) y Pedro Mellado (designado por la Cámara de Diputados).
El allanamiento de inmunidad de los jueces es un procedimiento establecido en la ley 7138. El artículo 26 de dicha norma prevé que: “Cuando se formule requerimiento fiscal o querella por delitos comunes contra algunos de los Magistrados ante el Jurado de Enjuiciamiento, no podrá ser sometido a procesos contra su persona, sin que el Juez competente solicite el allanamiento de su inmunidad”.