ASIGNACIÓN DE ROLES

Elevan a juicio la causa de Raúl Reynoso y de 7 imputados más

Es por los delitos de asociación ilícita, concusión y prevaricato. El juez federal subrogante Julio Leonardo Bavio, elevó a juicio la causa en contra de Raúl Reynoso y siete imputados más.

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Raúl Reynoso. El juicio podría ser el año que viene.
Raúl Reynoso. El juicio podría ser el año que viene.

La resolución, elaborada  por Bavio, tiene 430 fojas en las que se fundamenta la elevación a juicio. Así se explica que en cuanto a la asignación de roles, Reynoso ordenaba cómo proceder, distribuía las funciones a los miembros de la organización criminal y suscribía las resoluciones judiciales ilícitas, a cambio de dádivas y/o dinero.

La medida también alcanza a {Miguel Ángel Saavedra, Arsenio Eladio Gaona, César Julio Aparicio, Rosalía Candelaría Aparicio, René Alberto Gómez, María Elena Esper y Ramón Antonio Valor}.

En esa asignación de roles los abogados Esper, Valor, Gaona y Gómez, gestionaban e intermediaban en el dictado de las resoluciones y el cobro de los sobornos, utilizando como excusa el ejercicio de su actividad profesional. 
Los beneficiados eran quienes pretendian mejorar la situación procesal de imputados en causas por narcotráfico.

Se terminan las subrogancias

La resolución se conoce en una semana que se inició con la orden de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que se terminen con las subrogancias. Esta calificación alcanza a los jueces Bavio, del Juzgado Federal 1 de Salta, Gustavo Montoya, de Orán, y Macedo Morosini, de Jujuy.

En la resolución, el alto organismo marca la necesidad de que el Consejo de la Magistratura titularice esos cargos, cumpliendo con lo que marca la Constitución Nacional, sobre el acuerdo del Senado para que se nombren los jueces.

Consultada una fuente cercana al Juzgado Federal, de España y Deán Funes, esta señaló “que seguro esa situación traerá planteos dilatorios por parte de las defensas, pero hay seguridad que todo lo actuado con anterioridad a la resolución que se conoció de la Corte tiene validez, no hay nada que pueda volver hacia atrás los actos procesales”.

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