En la sentencia recibió tres años de prisión de ejecución condicional Mariana del Valle Acosta, por resultar autora responsable del delito de robo en poblado. Mientras que otras 9 personas recibieron también condenas similares.
El magistrado dictó lo mismo para Maximiliano Vargas, por resultar autor penalmente responsable del delito de robo calificado en poblado y en banda; a Matías Gabriel Colque, por resultar autor penalmente responsable de los delitos de robo calificado en poblado y en banda y resistencia a la autoridad y lesiones leves en concurso ideal, todos en concurso real; a Guadalupe Acosta como autora penalmente responsable de los delitos de robo calificado en poblado y en banda y robo simple en concurso real; y a Mario Rubén Acosta, por resultar autor penalmente responsable de los delitos de robo calificado en poblado y en banda en concurso real.
En el mismo fallo resultó condenado Daniel Oscar Amante a la pena de dos meses de prisión de ejecución condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de robo simple.
También resultó condenada María Mercedes Pistán a la pena de quince días de ejecución condicional como autora penalmente responsable del delito de resistencia a la autoridad.
El juez les impuso a los condenados Mario Rubén Acosta, Maximiliano Héctor Vargas, Matías Gabriel Colque, Guadalupe Acosta, Mariana del Valle Acosta, Daniel Oscar Amante y María Mercedes Pistán las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar residencia e informar al tribunal cualquier cambio de domicilio; someterse al cuidado del Programa de Inserción Social y Supervisión de Presos y Liberados; no cometer nuevo delito; prohibición de acercamiento a los denunciantes; abstenerse de ejercer actos de violencia en contra de ellos y de su grupo familiar.
Todo ello por el término de dos años y bajo estricto apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta. Se ordenó la libertad de Mario Rubén Acosta, Maximiliano Héctor Vargas y Matías Gabriel Colque en atención a la modalidad de la pena impuesta y sin perjuicio de lo dispuesto por otro tribunal.
En el mismo fallo se condenó a José Alberto Colque a la pena de diecisiete días de prisión de ejecución efectiva por resultar autor penalmente responsable del delito de resistencia a la autoridad. En su caso, el juez lo declaró reincidente por primera vez debido a que registra una condena previa de prisión de ejecución en suspenso impuesta en noviembre de 2010 por el Juzgado Correccional y de Garantías de Primera Nominación.
En tanto, Lucas Villarreal fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución efectiva al ser responsable de los delitos de robo en poblado.
Finalmente, Lucas Colque recibió tres años de prisión de ejecución efectiva por resultar autor de los delitos de robo calificado en poblado y en banda, atentado contra la autoridad por el uso de armas, hurto simple en grado de tentativa, amenazas y violación de domicilio, todo en concurso real.