La defensa de Valle presentó el recurso extraordinario federal contra la resolución que rechazó el recurso de inconstitucionalidad que presentó durante el juicio, en julio de 2016, por considerarla contraria al derecho federal.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación afirmó que el recurso extraordinario federal no se ajusta a las normativas que establece la Acordada 4, por lo que es denegado.
“La alegada violación de garantías y derechos que provienen de manera directa de la Carta Magna constituye una mera enunciación genérica de principios y normas constitucionales supuestamente vulnerados que no logra evidenciar la configuración de cuestión federal en el caso”, añadieron.
El crimen
El hecho por el cual fueron condenados Plaza y Del Valle se produjo el 24 de diciembre de 2014, alrededor de las 6 de la mañana. Ambos se encontraban en la plazoleta Héctor Cámpora, en avenida Jujuy y Esteco. En ese momento se acercó a hablar con ellos un menor, M.A.M., que luego se dirigió a calle La Rioja, donde se encontraba la damnificada, y la acompañó al sitio donde se encontraban Del Valle y Plaza.
Los cuatro se dirigieron luego hacia la calle Tucumán, donde los imputados mantuvieron relaciones sexuales con la víctima y posteriormente la agredieron, sustrajeron dinero y un celular y, finalmente, la empujaron al canal de la calle Esteco, donde Gimena Álvarez quedó gravemente lesionada.
La víctima falleció ese día a las 23. La autopsia determinó que el deceso se produjo como consecuencia de los golpes recibidos: “TEC grave, post-operatorio de craneotomía (hematoma subdoral) y trauma cerrado de tórax grave”.
Plaza y Del Valle fueron condenados por la Sala III del Tribunal de Juicio como coautores material y penalmente responsables del delito de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas criminis causa y por violencia de género, en perjuicio de Gimena Álvarez. Este caso es el primer juicio de femicidio por la muerte de una persona travestida.