En el operativo realizado en la sucursal cercana a Tres Cerritos, se detectaron varios productos vencidos como salsa de ají, panes y lácteos, en clara infracción a lo dispuesto por el artículo 5 de la ley Nº 24240 que prevé: "Las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios".
El secretario de Defensa del Consumidor, Carlos Morello, manifestó que “la comercialización de productos alimenticios vencidos es un claro atentado a la salud de los consumidores. Es responsabilidad del supermercado arbitrar los medios necesarios para evitar que sucedan estas situaciones como la descripta".
Fallo contra Telecom por daño moral y punitivo
En un fallo, la Justicia salteña dispuso que la empresa Telecom deberá abonar la suma de $160 mil, a un cliente, por daño moral y punitivo.
El Juzgado en lo Civil y Comercial de Primera Instancia, Cuarta Nominación, a cargo del Juez Benjamín Pérez Ruiz, falló a favor de la presentación de una demanda de un consumidor en contra de la empresa Telecom, reclamando a la empresa por cortes injustificados del servicio, en las llamadas a larga distancia, y sin mediar explicaciones ni ofrecer soluciones al cliente.
Así lo explicó a Nuevo Diario, el abogado especialista en Defensa del Consumidor, Carlos Cabrera, que detalló que previo a la presentación judicial, su representado había iniciado siete procedimientos ante el Ente Nacional de Telecomunicaciones, y que si bien la autoridad de aplicación imputaba a la empresa y determinaba que los cortes eran injustificados, “nunca se procedió a una sanción ni a una solución del problema”- sostuvo Cabrera.
Ademas señaló que en forma paralela, su cliente había iniciado el reclamo correspondiente ante la Secretaría de Defensa del Consumidor, frente a los cuales la empresa no dio ninguna solución.
“Más allá de la ofuscación propia que genera esta situación en un consumidor, merece un resarcimieento el hecho de que a uno lo traten como un número más”- advirtió el letrado que agregó que “la Justicia lo contempló así, y hace tres días salió sentencia de primera instancia, parcialmente favorable, por un concepto de 160 mil pesos: 80 mil por daño moral y 80 mil por daños materiales”.
Se trata de un fallo inédito: “una sentencia ejemplar en concepto de daño punitivo, que busca disuadir a la empresa incumplidora y que le salga más caro perder un juicio que incumplir con el servicio”- finalizó Cabrera.